Silvino Vergara

El Estado pos moderno: La ausencia de derecho y el exceso de leyes

“Lo que no es derecho
continúa sin ser derecho
aunque se presente bajo la forma
de una ley.”

G. Radbruch

En estos últimos días del sexenio, cabe hacerse preguntas tales como; ¿Qué tipo estado se deja para el próximo gobierno?, un estado en donde la reformas constitucionales fueron considerablemente en mayor número que en otros sexenios, y sobre todo, la creación de nuevas leyes, reglamentos, regulaciones, normas, etc. el inconveniente de las mismas es su falta de juricidad, prueba del aislamiento de los juristas en el Estado, pues se han desarrollado normas e instituciones poca claras desde el ámbito del derecho, que no buscan los fines propios del derecho, que son seguridad jurídica, justicia y paz social, (RADBRUCH. G., “Introducción a la filosofía del Derecho.” Fondo de Cultura Económica, México, 2005) por el contrario, se tienen otros fines como son los económicos, de seguridad pública, como es el caso de las leyes que se amparan con el denominado derecho penal del enemigo, que dan la impresión que se trata exactamente de lo contrario a la juricidad, esto es; un control político o social, es decir normas que prohíben libertades, que controlan a la población como es el caso de los padrones ciudadanos, administrativos, electorales o tributarios, -es el caso del intento de registro de los celulares, el frustrado registro en la PROFECO de los consumidores para que no sean molestados por anuncios publicitarios- pero se insiste, no se pone de relieve un sentido jurídico de esas normas, ya que los que pueden darle juricidad a las leyes, se encuentran aislados: los juristas, colocados en un rincón al que se le denomina área jurídica, departamentos jurídicos, tribunales, juzgados, etc., que se encargan de “dar forma jurídica” a esas leyes e instituciones, por ello es que con esta realidad, es evidente que se considera en la sociedad actual que el derecho no tiene trascendencia, que no puede resolver los problemas que se le ponen en frente, por ende, los tribunales y los jueces pierden legitimidad, como se sostenía desde el siglo XIX en Francia respecto a la jurisprudencia; “Cuánto trabajo se ahorraría, que soluciones funestas se evitarían, si se fuese menos dependientes de la jurisprudencia y se ejerciera un poco más la doctrina… como más fuerte sea la doctrina en un país, menos se invocaría la jurisprudencia.” (CHASSAT, Mailher, “Tratado de Interpretación de las leyes.” 1845, (Edición facsimilar) Suprema Corte de Justicia de la Nación, México.2007.) Por ello, existen comentarios tan desprestigiados como sostiene Lariguet: “el derecho en lugar de aportar soluciones es parte del mismo conflicto que pretende resolver”, (LARIGUET, Guillermo, “Dilemas y Conflictos Trágicos” Temis, Palestra, Lima, 2008) Cuando en realidad es el sistema estatal el que se ha encargado de aislar la ciencia del derecho del Estado, por tanto surge la pregunta: ¿Por qué se encuentran aislados la ciencia del derecho y los juristas? Cuando existen advertencias como la que citaba Potter; “La humanidad necesita urgentemente de una nueva sabiduría, que le proporcione el conocimiento de cómo usar el conocimiento para la supervivencia del hombre y la mejora de su calidad de vida…“ (LARIGUET, Guillermo, “Dilemas y Conflictos Trágicos” Temis, Palestra, Lima, 2008) Lo cierto es que en parte, al mismo Estado históricamente no le interesa mucho los propios principios del derecho, como es la justicia o la igualdad, que en realidad busca la seguridad jurídica del Estado, y no la seguridad jurídica del gobernado, que no pretende resolver los problemas, sino simplemente contenerlos, que el objetivo es encontrar una justificación en cada época, y por ello busca enemigos para legitimar la permanencia del propio Estado, por otro lado, los juristas se han encargado de aislarse del Estado, reduciéndose cómodamente en esos departamentos jurídicos, apartándose los tribunales de la realidad, observando únicamente el expediente, evitando la mayor admisión de pruebas, los juzgados elaborando tratados de improcedencia de las instancias de los justiciables, los justiciables cada día más desamparados asesorados por los defensores de oficio, los juristas particulares sabiendo cada día, que como suben de instancia más complicada es la procedencia de su acción, y los estudiantes de las facultades de derecho simples memorizadores de la ley, teniendo en frente un profesor que dicta la ley.

Silvino Vergara Nava
Silvino Vergara Nava
Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana, y la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Litigante en materia fiscal y administrativa. Profesor de Maestría en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y la Escuela Libre de Derecho de Puebla.

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