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¿CUÁLES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE DERECHO INTERNACIONAL Y DERECHO INTERNO?

Una de las ramas del Derecho más jóvenes y distintas al resto es el Derecho Internacional. Muchas son las diferencias entre derecho internacional y derecho interno, la primera regula las relaciones entre los Estados, estando todos en la misma jerarquía. Y la segunda regula las relaciones entre un Estado y sus ciudadanos, y entre los mismos ciudadanos. En el presente artículo explicaremos un poco sobre cuales son estas diferencias primordiales entre ambas ramas del Derecho. Esperamos  te sea útil.

Diferencias entre Derecho Internacional y Derecho Interno

Concepto de Derecho Internacional

Podemos decir que el derecho internacional es el conjunto de normas jurídicas que rige las relaciones entre los Estados y los vínculos que poseen estos entre ellos y otros sujetos de derecho internacional. De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas (ONU por sus siglas en español), el derecho internacional posee la siguiente definición:

El derecho internacional define las responsabilidades legales de los Estados en sus relaciones entre ellos, y el trato a los individuos dentro de las fronteras estatales. Sus competencias comprenden una gran variedad de problemas de importancia internacional, entre los que figuran los derechos humanos, el desarme, el delito internacional, los refugiados, las migraciones, los problemas de nacionalidad, el trato a los prisioneros, el uso de la fuerza y la conducta durante la guerra. 

De acuerdo al jurista francés Charles Reousseau, el Derecho Internacional se puede definir como:

Es el derecho de gentes o derecho internacional público que se encarga esencialmente de regular las relaciones entre los sujetos de derecho internacional puesto que ambos son sinónimos.

De esta forma, podemos decir que el derecho internacional es el conjunto de normas de carácter internacional que define las responsabilidades legales de los Estados, entre las cuales están los derechos humanos, el delito internacional, las migraciones, entre otros, y la relación que estos poseen con el resto de los sujetos del Derecho Internacional, sea típicos como las organizaciones internacionales o atípicos como el individuo.

 

Un ejemplo de normas de derecho internacional son los tratados internacionales, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Culturales, Económicos y Sociales, entre otros.

 

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Concepto de Derecho Interno

Importante para entender las diferencias entre derecho internacional y derecho interno es el definir que se entiende por derecho interno. Este es el ordenamiento jurídico del Estado, entendido así como el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los particulares y los particulares frente al Estado en un país determinado. Ejemplo de esto son el Derecho interno de Perú, Argentina, Estados Unidos, entre otros.

 

De acuerdo a Luis Maria Olaso S.J., ilustre doctrinario venezolano, el derecho visto desde el punto de vista nacional, es:

La recta ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.

Siguiendo la línea de este concepto, entendemos entonces al Derecho interno como el conjunto de normas jurídicas que ordenan las relaciones sociales entre los particulares y el Estado; siendo estas de obligatorio cumplimiento y adaptadas a la sociedad que pretende regir.

Diferencias entre ambas ramas

Tal como ya ha sido explicado, las diferencias entre derecho internacional y derecho interno son múltiples, puesto que tanto su ámbito de aplicación como su nacimiento son diferentes. Es por esto que resaltaremos las diferencias fundamentales que estos dos derechos poseen:

 

Poder Legislativo

Una de las más primordiales diferencias entre derecho internacional y derecho interno es que en el derecho interno, los sujetos que la Ley regula (especialmente los particulares) no tienen la capacidad de redactar las normativas que serán aplicables para su propio desenvolvimiento, debido a que el único con poder para redactar Leyes es el Poder Legislativo, y de forma excepcional y bajo una gama especial de materias, el Poder Ejecutivo.

 

En el derecho internacional, por su parte, los sujetos principales y típicos son los mismos que se encargan de redactar las normas que les serán aplicadas. Esto quiere decir que los Estados, y a veces también las organizaciones internacionales, son las encargadas de elaborar las normas (tratados internacionales) que regularán sus relaciones.

 

Las normativas que nacen del derecho internacional tienden a caracterizarse por ser normativas laxas, ya que estas no pueden afectar los intereses propios del Estado. Un ejemplo de esta diferencia es que ningún ciudadano participa directamente en la redacción de la reforma del Código de Procedimiento Civil, ya que esto lo realiza el Poder Legislativo, sin embargo Venezuela ha formado parte de la redacción de un número de tratados internacionales, tanto en su creación como firmante.

 

Poder Coactivo

El derecho interno tiene la característica primordial de que sus normas jurídicas, en todos sus niveles y sin excepción, tienen un carácter coactivo, lo que significa que son de obligatorio cumplimiento para todas las personas, o para el grupo de personas para el que se ha creado la norma. Una de las diferencias entre derecho internacional y derecho interno es que este poder coactivo no existe en casi ningún ámbito o materia del derecho internacional.

 

El derecho internacional es un ordenamiento jurídico eminentemente voluntarista, lo que significa que su aplicación dependerá de la voluntad de los Estados. El carácter voluntarista llega hasta el acceso a tribunales internacionales, ya que los mismos Estados deciden si aceptar o no la jurisdicción de estos o siquiera si estar sometidos o no a los tratados internacionales.

 

Un ejemplo es que un Estado decida no seguir lo establecido en algún tratado internacional que haya firmado, los demás Estados no pueden obligar a este a su cumplimiento o aplicación de forma directa. En el derecho interno, una persona no tiene derecho a decidir ni puede estar exento de cumplir una norma, a menos que la misma así lo establezca.

 

Recusación

La última de las diferencias primordiales entre derecho internacional y derecho interno es la capacidad de recusación. En el derecho internacional, los Estados pueden excluirse del cumplimiento o aplicación de alguna norma establecida dentro de los tratados internacionales que haya firmado a través de una reserva, mientras que en el derecho interno, no puede excluirse la aplicación del derecho doméstico.

Conclusión

Podemos decir, en síntesis, que el Derecho Internacional es aquel conjunto de normas jurídicas realizadas por los sujetos de este derecho (Estados, Organizaciones internacionales, entre otros) para el mantenimiento y regulación de las relaciones entre sí mismos. El derecho interno, por su parte, es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los particulares de un Estado en específico y entre los particulares y el mismo Estado.

Fuente: https://blog.handbook.es/diferencias-entre-derecho-internacional-y-derecho-interno/?utm_source=ReviveOldPost&utm_medium=social&utm_campaign=ReviveOldPost

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