{"id":1035,"date":"2015-02-07T18:48:51","date_gmt":"2015-02-08T00:48:51","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=1035"},"modified":"2015-12-01T18:43:42","modified_gmt":"2015-12-02T00:43:42","slug":"observando-al-consumidor-la-ley-anti-lavado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1035","title":{"rendered":"Observando al consumidor: La ley anti-lavado"},"content":{"rendered":"<blockquote><p><em>\u201cEl poder de observaci\u00f3n y vigilancia ha aumentado<\/em><br \/>\n<em>considerablemente, en pocos a\u00f1os alcanzara<\/em><br \/>\n<em>niveles nunca imaginados.<\/em><br \/>\n<em>Significara tambi\u00e9n el fin de la privacidad y<\/em><br \/>\n<em>cada edificio ser\u00e1 una prisi\u00f3n en potencia\u201d.<\/em><\/p>\n<p>Eugenio R. Zaffaroni.<\/p><\/blockquote>\n<p>En la actualidad mundial observamos que el Estado por medio de sus agencias administrativas, esto es los \u00f3rganos del poder ejecutivo, se ha encargado cada d\u00eda m\u00e1s en vigilar al ciudadano, pero no a todos los ciudadanos, pues es evidente que existen diversas categor\u00edas de ciudadanos, en particular, se ha encomendado a inspeccionar a los que tienen el car\u00e1cter de consumidores, y para ello contamos con la Ley Federal para la Prevenci\u00f3n e Identificaci\u00f3n de operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita, la cual tiene por objeto que los proveedores de ciertos servicios y bienes informen permanentemente a las autoridades \u201ccuasi-fiscales\u201d de quienes, donde y como son sus clientes.<\/p>\n<p>Desde luego, que existe otra categor\u00eda de ciudadanos que son consumidores marginales, es decir, aquellos que no tienen la capacidad econ\u00f3mica suficiente de poder comprar los productos que est\u00e1n en el mercando, que tienen el car\u00e1cter de desempleados, anteriormente denominados in-alineados, y que ante la ausencia de estas capacidades, se encarga no la autoridad administrativa y su derecho administrativo, sino el derecho penal su control.<\/p>\n<p>En el trabajo: \u201cPara conocer la Ley Federal para la Prevenci\u00f3n e Identificaci\u00f3n de operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita\u201d, Piadeia, Guadalajara, 2014, libro que se presentar\u00e1 el d\u00eda viernes 6 de febrero de 2015 a las 18:30 horas en la Escuela Libre de Derecho de Puebla, A. C., inicia con el planteamiento del fen\u00f3meno de la extensi\u00f3n del derecho administrativo, aquella rama del derecho que en las escuelas de derecho, contadur\u00eda y de administraci\u00f3n de empresas, queda relegada a meros comentarios de diversos temas muy variados, y que hoy ha conformado una rama escencial en el control de los ciudadanos por parte del Estado, pues ante la existencia de aparentes riesgos de la comisi\u00f3n de delitos financieros que arruinen la actividad financiera de la Naci\u00f3n, acredita la imperiosa necesidad de conocer quienes son esos ciudadanos-consumidores, el gran problema que se expone en este trabajo es que primero se crea la Ley Federal para la Prevenci\u00f3n e Identificaci\u00f3n de operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita y despu\u00e9s, se generar\u00e1 la teor\u00eda jur\u00eddica, es decir, por lo pronto, no contamos con la doctrina suficiente que sustente esta ley, por ende, ante la ausencia de teor\u00eda, se trata de una legislaci\u00f3n econ\u00f3mica que pudiera tener problemas jur\u00eddicos y con ello constitucionales, tal es el caso de actos discriminatorios, pues resulta arbitrario determinar cuales son las actividades vulnerables para la ley y cuales no, as\u00ed como la expansi\u00f3n de facultades de las autoridades administrativas para reglamentar la ley m\u00e1s all\u00e1 de lo previsto por ella, a lo cual habr\u00e1 que adicionar que las multas por la comisi\u00f3n de las infracciones son excesivamente onerosas, lo cual demuestra la desproporcionalidad de este ordenamiento, que las regulaciones administrativas por debajo del reglamento contradicen a la propia ley, y que en ciertas ocasiones esa facultad administrativa &#8211; legislativa tiene mayores alcances que la misma ley.<\/p>\n<p>En este trabajo, \u201cPara conocer la Ley Federal para la Prevenci\u00f3n e Identificaci\u00f3n de operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita\u201d, Piadeia, Guadalajara, 2014, que se presentar\u00e1 el d\u00eda viernes 6 de febrero de 2015 a las 18 30 horas en la Escuela Libre de Derecho de Puebla, por los corredores p\u00fablicos: Dr. Manuel D\u00edaz y P\u00e9rez, y el Mtro. Carlos Manuel Lemini \u00c1vila Parra, se analiza tambi\u00e9n el problema de la interpretaci\u00f3n de las disposiciones legales que al utilizar t\u00e9rminos econ\u00f3micos, pierde de vista que la legislaci\u00f3n mexicana -como lo dicta la doctrina francesa por la cual se promulg\u00f3 el c\u00f3digo civil de 1804- se debe de utilizar un leguaje accesible para los ciudadanos al grado de considerar a la ley como un manual del comportamiento del ciudadano, lo cual representar\u00e1 contradicci\u00f3n en la interpretaci\u00f3n de las obligaciones de los gobernados, y con ello incertidumbre jur\u00eddica. Adem\u00e1s, el fen\u00f3meno actual de la globalizaci\u00f3n ha representado que esta Ley Federal para la Prevenci\u00f3n e Identificaci\u00f3n de operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita, sea una imposici\u00f3n para los estados de la regi\u00f3n dentro de los que se incluye desde luego el estado mexicano, que esta limitando el crecimiento del pa\u00eds, y que el af\u00e1n con que vivimos de tropicalizar las instituciones que no son propias, representa un fen\u00f3meno en la poblaci\u00f3n: el incumplimiento generalizado de dichos mandatos. Lo cierto es que, cada d\u00eda observamos como la legislaci\u00f3n abre nuevos horizontes para observar al gobernado, bien pudiera considerarse que esta regulaci\u00f3n administrativa se trata de un \u201cdron jur\u00eddico\u201d m\u00e1s, como aquellos que hoy est\u00e1n navegando por el mundo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cEl poder de observaci\u00f3n y vigilancia ha aumentado considerablemente, en pocos a\u00f1os alcanzara niveles nunca imaginados. Significara tambi\u00e9n el fin de la privacidad y cada edificio ser\u00e1 una prisi\u00f3n en potencia\u201d. Eugenio R. Zaffaroni. 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