{"id":1116,"date":"2014-08-18T16:02:19","date_gmt":"2014-08-18T21:02:19","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=1116"},"modified":"2015-12-01T18:52:03","modified_gmt":"2015-12-02T00:52:03","slug":"la-fatiga-de-la-libertad-ante-las-obligaciones-fiscales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1116","title":{"rendered":"La fatiga de la libertad ante las Obligaciones Fiscales"},"content":{"rendered":"<blockquote><p><em>\u201cLos Estados Nacionales territoriales son distritos policiales de &#8216;la ley y el orden&#8217;, as\u00ed como basureros y plantas locales de remoci\u00f3n y reciclaje de basura.\u201d<\/em><\/p>\n<p>Zygmunt Bauman<\/p><\/blockquote>\n<p>A partir de las medidas fiscales que se han implementado paulatinamente a principio se este nuevo milenio con el incremento de las obligaciones fiscales a los particulares, represent\u00f3 un cambio en la finalidad propia del derecho fiscal, -lo cual no es exclusivo de la legislaci\u00f3n mexicana, vale la pena compararla con Estados como Uruguay, Panam\u00e1, Colombia, por citar algunos- hoy podemos confirmar que el derecho fiscal no tiene como objetivo espec\u00edfico y \u00fanico la recaudaci\u00f3n por medio de las contribuciones y aprovechamientos para destinarlos al gasto publico \u2013concepto del cual aun no se tiene la claridad suficiente de: En que consiste y que casos no son gasto p\u00fablico, por m\u00e1s esfuerzos de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n de justificar dicho concepto decimon\u00f3nico- pues actualmente su fin principal es el control a los particulares, desafortunadamente encausado a los contribuyentes \u201cde a pie\u201d, es decir, se ha convertido en un sistema de control, previo al derecho penal, es hoy el derecho fiscal la antesala a la rama del derecho m\u00e1s represor denominado: \u201cultima ratio del Estado\u201d. Uno de sus \u00faltimos golpes simb\u00f3licos para un control permanente y arbitrario al gobernado es la obligaci\u00f3n mensual de ingresar la contabilidad a la pagina de Internet del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria -articulo 28 fracci\u00f3n IV del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n de 2014- que representa una serie de contravenciones a los derechos fundamentales de los gobernados, una medida no vista en los pa\u00edses mas avanzados del mundo, y que en M\u00e9xico se ha implementado.<\/p>\n<p>As\u00ed, ante la oportunidad de hacer del conocimiento de esta violaci\u00f3n a los tribunales por parte de los contribuyentes afectados \u2013que son en principio todas las personas morales-, de acuerdo a las estad\u00edsticas del Poder Judicial son \u00fanicamente 7 mil 746 demandas que se han interpuesto un medio de defensa \u2013La Jornada viernes 15 de agosto de 2014- que no es representativo para el n\u00famero de contribuyentes registrados ante el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria, menos aun en comparaci\u00f3n con la gran y evidente violaci\u00f3n que se presenta de los derechos sobre todo de libertad de los gobernados, sin embargo, en una \u00e9poca en que se respira desesperanzas y de simple sobrevivencia por parte de la poblaci\u00f3n, es una muestra esta ausencia de impugnaci\u00f3n de estas violaciones graves a los derechos de libertad de los contribuyentes de lo que se ha denominado: \u201cfatiga de la libertad\u201d de la cual sintetiza el soci\u00f3logo Z. Bauman como; \u201cLa placidez con que la mayor\u00eda de nosotros acepta la limitaci\u00f3n gradual de las libertades que tanto nos costo conseguir, de nuestro derecho a la privacidad, a la defensa en juicio y ser tratados como inocentes hasta que se demuestre lo contrario\u201d (BAUMAN, Zygmunt, \u201cDa\u00f1os colaterales\u201d Fondo de Cultura Econ\u00f3mica, M\u00e9xico 2011).<\/p>\n<p>Es evidente que, desde los retenes en las calles y carreteras, las revisiones en aeropuertos y centrales de autobuses, filmaciones en la entrada de edificios p\u00fablicos, captaci\u00f3n de huellas digitales para cualquier tr\u00e1mite administrativo e incluso la toma de la iris, hasta el grado de enviar la contabilidad \u2013con toda la informaci\u00f3n confidencial que esto representa- es una muestra de esta fatiga \u2013aceptaci\u00f3n- que se tiene por la poblaci\u00f3n de la actualidad, y por ello, no combatir este tipo de medidas que en su tiempo costaron no \u00fanicamente manifestaciones, sino hasta batallas y genocidios, -que parad\u00f3jicamente son m\u00e1s en los tiempos de paz que en guerra- La disminuci\u00f3n de los derechos elementales de los gobernados, como es la libertad y la confidencialidad, en este caso en particular con: sistem\u00e1ticamente enviar la contabilidad al SAT por parte de los contribuyentes, es una muestra de un Estado que no resulta ser ni de derecho, y menos democr\u00e1tico, -y con ello desde luego se vulnera el articulo 40 de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos Mexicanos- En voz del italiano L. Ferrajoli se aprecia esta descripci\u00f3n: \u201cEl progreso de la democracia ha estado siempre determinado, adem\u00e1s de por la expansi\u00f3n de los derechos, por el desarrollo de sus garant\u00edas, y por tanto por la ampliaci\u00f3n del paradigma del Estado de Derecho al mayor n\u00famero de \u00e1mbitos de vida y de poder\u201d (FERRAJOLI, Luigi, \u201cPrincipia Iurs\u201d, Trotta, Madrid, 2011) sin embargo, \u00bfPor qu\u00e9 no defender sus derechos en los tribunales los gobernados? Pregunta que tiene muchas respuestas, iniciando con el hecho que se trata de una obligaci\u00f3n que para muchos contribuyentes aun es desconocida, por su parte que, por la forma de implementaci\u00f3n de la misma, representa que la afectaci\u00f3n se materialice una vez que han transcurrido los plazos para interponer los medios de defensa \u2013lo cual es una situaci\u00f3n perversa que los tribunales deben de considerar para cumplir con el simple derecho de la efectividad en la administraci\u00f3n de justicia- otras respuestas m\u00e1s son: El desconocimiento de nuestros derechos de libertad y de intimidad como simples gobernados, as\u00ed como tener la firme idea que los cambios legales que reducen derechos y aumentan obligaciones son \u201ccausas perdidas\u201d en los tribunales, pero que hoy tienen el papel de recuperar su legitimidad. No obstante estas medidas arbitrarias y denigrantes son una muestra de la desesperaci\u00f3n del Estado por subsistir, pues ante el fen\u00f3meno de la globalizaci\u00f3n ha perdido su propio poder, y lo ha obligado a implementar pol\u00edticas que permitan la mayor captaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos extranjeros diminuy\u00e9ndoles impuestos directos u otorg\u00e1ndoles grandes concesiones \u2013como es el caso de la amarga reforma energ\u00e9tica- es propiamente \u201cla inversi\u00f3n del sistema tributario\u201d, que consisten en: \u201ctratando de compensar la menor tributaci\u00f3n del capital con mayor tributaci\u00f3n del consumo, que recae con los de menor renta\u201d (ZAFFARONI, Eugenio R. \u201cEn torno a la cuesti\u00f3n Penal\u201d, B de F, Montevideo, 2014) En resumen, un paso hac\u00eda adelante para el control de los gobernados se ha dado, esta en la palestra de los tribunales la decisi\u00f3n de respetar la vigencia de un Estado Constitucional Democr\u00e1tico de Derecho: \u00bfTendr\u00e1n la capacidad?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cLos Estados Nacionales territoriales son distritos policiales de &#8216;la ley y el orden&#8217;, as\u00ed como basureros y plantas locales de remoci\u00f3n y reciclaje de basura.\u201d Zygmunt Bauman A partir de las medidas fiscales que se han implementado paulatinamente a principio se este nuevo milenio con el incremento de las obligaciones fiscales a los particulares, represent\u00f3 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1117,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-1116","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-silvino-vergara"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1116","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1116"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1116\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1118,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1116\/revisions\/1118"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1117"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1116"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1116"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1116"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}