{"id":1174,"date":"2014-01-26T22:06:13","date_gmt":"2014-01-27T04:06:13","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=1174"},"modified":"2015-12-01T20:09:01","modified_gmt":"2015-12-02T02:09:01","slug":"la-pena-de-muerte-el-sufrimiento-legal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1174","title":{"rendered":"La pena de muerte: El sufrimiento legal"},"content":{"rendered":"<blockquote><p><em>\u201cNinguno de ellos era culpable de nada,<\/em><br \/>\n<em>Pero pertenec\u00edan a una clase culpable de todo.\u201d<\/em><\/p>\n<p>Ilja Ehrenburg<\/p><\/blockquote>\n<p>Con la reciente ejecuci\u00f3n de la pena de muerte en los Estados Unidos de Am\u00e9rica, desde luego de un mexicano, con las caracter\u00edsticas propias del propio mexicano inmigrante; escasos recursos econ\u00f3micos, idioma espa\u00f1ol, tez morena, ojos negros, sin educaci\u00f3n b\u00e1sica, etc., se pone en discusi\u00f3n por en\u00e9sima ocasi\u00f3n la problem\u00e1tica de la legitimidad de esta pena inhumana, as\u00ed, resalta la pregunta; \u00bfQu\u00e9 tipo de derecho, es el derecho penal de los Estados Unidos de Am\u00e9rica?, ejemplo de un pa\u00eds tecnol\u00f3gica y econ\u00f3micamente desarrollado, pero posiblemente totalmente deshumanizado. La pena de muerte se ha considerado en los \u00faltimos a\u00f1os por los connotados te\u00f3ricos de la materia, como Jes\u00fas Silva S\u00e1nchez, -por cierto hoy abogado de la Infanta Cristina en el juicio por evasi\u00f3n fiscal en Espa\u00f1a- que este tipo de sanciones deshumanizadas son derecho penal simb\u00f3lico, (SILVA, S\u00e1nchez, \u201cPol\u00edtica criminal y persona\u201d Ad hoc, Buenos Aires, 2000) pues a sabiendas del Estado que, no todos los sujetos que cometen un delito son sancionados, la minor\u00eda que puede ser capturada, se les imponen penas ejemplares para la sociedad con la finalidad de que estos delitos no se cometan m\u00e1s por la sociedad, es decir, penas crueles para disuadir el delito. Adem\u00e1s, esta pena capital, legitima a la autoridad, sobre todo cuando se encuentra en alguna crisis de credibilidad, debido a que, la autoridad ejecutora se pone del lado de la v\u00edctima del delito, forma parte de la o las personas que sufrieron el delito, y esto permite considerar a la autoridad, como \u201clos vengadores\u201d del delito cometido. Por su parte, en la \u00e9poca del antiguo r\u00e9gimen, la pena de muerte no se consideraba como una pena tan cruel como actualmente sucede, pues ante la credibilidad de la resurrecci\u00f3n y de una vida posterior a esta vida terrenal, era \u00e9sta pena como adelantarse a esa vida.<\/p>\n<p>En el caso reciente de la ejecuci\u00f3n de la pena de muerte en Texas, tambi\u00e9n se evidencia que los procesos son interminables, excesivamente prolongados \u2013y se trata de los juicios orales, la supuesta pr\u00f3xima soluci\u00f3n de los problemas penales en M\u00e9xico debido a la Reforma Constitucional del 18 de junio de 2008- de lo cual, se ha considerado que, un juicio prolongado, no es m\u00e1s que una evidente violaci\u00f3n a los derechos humanos de seguridad jur\u00eddica del procesado, en primer lugar, por la incertidumbre permanente en que vive en tanto se dicta la sentencia definitiva del asunto, y por otro lado, la demora de los procesos penales, representa que, a la persona que se sanciona, por el tiempo que ha trascurrido de la fecha en que se cometi\u00f3 el delito a la fecha en que se ejecuta la pena, -en este caso el delito se cometi\u00f3 en el a\u00f1o de 1994- se esta castigando a una persona distinta a la que cometi\u00f3 el delito, pues por el simple transcurso del tiempo las personas cambian, y una persona que cometi\u00f3 un delito hace veinte a\u00f1os, es distinta a la misma persona que se le impone la pena veinte a\u00f1os despu\u00e9s. (ZAFFARONI, Eugenio R. \u201cPol\u00edtica criminal latinoamericana\u201d Hammurabi. Buenos Aires. 1982).<\/p>\n<p>Desafortunadamente, se da la apariencia con este tipo de penas, que son funcionales, lo cierto es que sucede todo lo contrario. Hoy conocemos de la ejecuci\u00f3n de un mexicano, por lo que, habr\u00eda que analizar si todos los que cometen un delito como el que supuestamente cometi\u00f3 el ciudadano mexicano ejecutado son sancionados de la misma forma en los Estados Unidos de Am\u00e9rica, -sobre todo los ciudadanos americanos y principalmente, de raza blanca- o bien, desafortunadamente es una forma de disuadir el exceso de migraci\u00f3n que se presenta de todo Am\u00e9rica latina a ese pa\u00eds, por lo cual a la pregunta inicial se podr\u00eda contestar que, ese \u201cderecho\u201d del pa\u00eds del norte de Am\u00e9rica, no es un derecho penal del acto, es decir, que se castiga por lo que se hace, sino que se trata de un derecho penal del actor, esto es se castiga por lo que se es, mexicano inmigrante; escasos recursos econ\u00f3micos, idioma espa\u00f1ol, tez morena, ojos negros, sin educaci\u00f3n b\u00e1sica, etc. Cita F. Savater, respecto a la crisis del derecho de la pos modernidad, \u00e9poca de la tecnolog\u00eda y de penas inhumanas: \u201cLa tortura encontraba verdugos o s\u00e1dicos para ejercerla, pero no abogados, ni fil\u00f3sofos que la legitimasen como pr\u00e1ctica compatible con lo que consideramos una democracia moderna y avanzada\u2026 autoridades, personalidades jur\u00eddicas y hasta pensadores pol\u00edticos liberales han justificado ciertas formas de tortura\u2026 se regresa a f\u00f3rmulas de raz\u00f3n de Estado que no pertenecen a la raz\u00f3n c\u00edvica\u2026 (SAVATER, Fernando, \u201c\u201d La Tarea del h\u00e9roe\u201d, Ariel, Madrid, 2009), y pensar que desafortunadamente algunos pol\u00edticos y partidos pol\u00edticos en M\u00e9xico, que \u201caman a los animales y la ecolog\u00eda\u201d, proponen la pena de muerte para los hombres.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cNinguno de ellos era culpable de nada, Pero pertenec\u00edan a una clase culpable de todo.\u201d Ilja Ehrenburg Con la reciente ejecuci\u00f3n de la pena de muerte en los Estados Unidos de Am\u00e9rica, desde luego de un mexicano, con las caracter\u00edsticas propias del propio mexicano inmigrante; escasos recursos econ\u00f3micos, idioma espa\u00f1ol, tez morena, ojos negros, sin [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1139,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-1174","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-silvino-vergara"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1174","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1174"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1174\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1175,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1174\/revisions\/1175"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1139"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1174"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1174"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1174"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}