{"id":1176,"date":"2014-01-26T22:03:18","date_gmt":"2014-01-27T04:03:18","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=1176"},"modified":"2015-12-01T20:09:14","modified_gmt":"2015-12-02T02:09:14","slug":"el-iva-en-alimentos-se-llama-ieps","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1176","title":{"rendered":"El IVA en alimentos se llama IEPS"},"content":{"rendered":"<blockquote><p><em>\u201cEn todos los tiempos, los pueblos al igual<\/em><br \/>\n<em>Que los hombres se han contentado<\/em><br \/>\n<em>Con palabras. Casi invariablemente<\/em><br \/>\n<em>Les basta con las apariencias.<\/em><br \/>\n<em>No pide nada m\u00e1s.\u201d<\/em><\/p>\n<p>Fernando Savater<\/p><\/blockquote>\n<p>Desde hace varios a\u00f1os se ha recomendado por los organismo internaciones al Estado mexicano que implemente un impuesto a los alimentos, lo cual siempre ha sido un problema pol\u00edtico, pues la simple iniciativa para modificar la ley del Impuesto al Valor Agregado, los partidos de izquierda se han encargado de objetarla desde la simple posibilidad de presentar esta iniciativa hasta su implementaci\u00f3n, y este ha sido el camino en M\u00e9xico durante muchos a\u00f1os, sin embargo, previo a la presentaci\u00f3n de la iniciativa de reforma hacendaria para 2014 por parte del Ejecutivo, se propuso desde los medios de comunicaci\u00f3n que, por lo menos se gravaran los alimentos en un porcentaje que resulte la mitad de la tasa general del Impuesto al Valor Agregado, esto es un impuesto del 8%, desde luego que, establecerlo en la ley del Impuesto al Valor Agregado resultaba imposible, por ende, se replanteo el argumento pero con el mismo prop\u00f3sito, es decir: implementar un impuesto a los alimentos, sucedi\u00f3 lo que bien califica E. R. Zaffaroni: \u201cla publicidad favorable al estado gendarme\u2026 la poblaci\u00f3n, que de ese modo no cae en la cuenta de que renuncia a exigirle al estado, lo que realmente cada uno necesita para la realizaci\u00f3n de su propio proyecto\u2026\u201d (ZAFFARONI, Eugenio, R. \u201cLa Palabra de los muertos\u201d Ediar, Buenos Aires, 2011).<\/p>\n<p>As\u00ed, resulta que se implement\u00f3 este impuesto a los alimentos por medio de la iniciativa del ejecutivo de incentivar la protecci\u00f3n a dos de los derechos sociales, que proviene de la necesidad de que el Estado mexicano proteja, respete, promueva y garantice: los derechos a la salud y a la alimentaci\u00f3n sana, previsto en el numeral 4 de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos Mexicanos, a lo que se ha denominado como: Principios Constitucionales Program\u00e1ticos, de los cuales el Estado tiene la obligaci\u00f3n paulatinamente de ir cumpliendo e implementando, llamado progresividad de los derechos humanos, pues bien, una forma de implementar el impuesto al consumo en donde no habr\u00eda objeci\u00f3n alguna, ni por las izquierdas, ni por las corrientes de derecha e incluso utilizando los medios de comunicaci\u00f3n para su aprobaci\u00f3n es con un impuesto que tuviera fines extrafiscales, es decir, que su objetivo no es la simple recaudaci\u00f3n para el gasto p\u00fablico, sino que cuenta con el fin de incentivar o en su caso, desincentivar una determinada actividad econ\u00f3mica, por ende, el impuesto federal que se puede considerar que tiene fines extra fiscales por antonomasia es el Impuesto Especial sobre Producci\u00f3n y Servicios que grava actividades de producci\u00f3n o enajenaci\u00f3n de productos muy espec\u00edficos, como son; producci\u00f3n de alcohol, productos del petr\u00f3leo, telecomunicaciones, tabaco, etc., que se implementan por razones, no simplemente recaudatorias, sino por la protecci\u00f3n a la salud, entre otras razones extra tributarias, por ello se aprob\u00f3 el impuesto sobre alimentos del 8% en una lista de estos \u2013articulo 2 fracci\u00f3n I inciso J de la ley del Impuesto Especial sobre Producci\u00f3n y Servicios- que son una serie de productos que solamente al parecer, pudiera considerarse que son aquellos denominados despectivamente como \u201cchatarra\u201d y que la ley les denomina \u201calimentos no b\u00e1sicos\u201d, sin embargo, el analizar que dentro de los mismos se encuentran: las jaleas, cereales, granolas, harinas, gelatinas, pan, pues no puede considerarse que efectivamente sean productos de consumo que afecte a la salud de la poblaci\u00f3n, sin embargo ya se estableci\u00f3 el impuesto y la publicidad y el argumento distorsionado con la tutela a la salud publica, fueron los que cumplieron con el cometido, cita el italiano G. Sartori al respecto; \u201cNo hay duda que los noticiarios de la televisi\u00f3n ofrecen al espectador la sensaci\u00f3n de que lo que ve es verdad, que los hechos vistos por \u00e9l suceden tal y como el los ve, y sin embargo no es as\u00ed.\u201d (Sartori, Giovanni, La sociedad Teledirigida\u201d Santillana, M\u00e9xico 2011). Por si fuera poco, el actual impuesto a los alimentos, es un impuesto indirecto, no se grava simplemente por la actividad de importaci\u00f3n de productos o la producci\u00f3n de los mismos en territorio nacional, sino que es \u201cpiramidal\u201d, es decir, se grava por cada enajenaci\u00f3n, entonces el principal afectado desde luego que es como siempre el consumidor final, que no cubrir\u00e1 el 8% del impuesto sobre el producto propiamente, sino que, pagar\u00e1 una tasa del 8% acumulado de la cadena comercial por la cual transcurri\u00f3 el producto, que desde luego incrementa el valor del alimento y sobre todo, del impuesto que finalmente esta cubriendo, sin embargo, esto no es visto por la televisi\u00f3n, en palabras de Eduardo Galeano: \u201cEn nuestros pa\u00edses, la televisi\u00f3n muestra lo que ella quiere que ocurra, y nada ocurre si la televisi\u00f3n no lo muestra\u201d (GALEANO, Eduardo, \u201cEl libro de los abrazos\u201d M\u00e9xico, 2013) finalmente, M\u00e9xico ya cuenta con impuesto a los alimentos, solamente falta la siguiente reforma: incrementar la tasa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cEn todos los tiempos, los pueblos al igual Que los hombres se han contentado Con palabras. 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