{"id":1217,"date":"2013-06-03T19:18:34","date_gmt":"2013-06-04T00:18:34","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=1217"},"modified":"2015-12-01T21:58:06","modified_gmt":"2015-12-02T03:58:06","slug":"las-consecuencias-del-contribuyente-no-localizado-parte-iii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1217","title":{"rendered":"Las consecuencias del contribuyente No Localizado. Parte III"},"content":{"rendered":"<p><em>\u201cApl\u00edquese la ley aunque <\/em><br \/>\n<em>perezca el mundo\u201d<\/em><\/p>\n<p>En estos breves comentarios que se est\u00e1n realizando respecto a las consecuencias del contribuyente no localizado, se sostuvo que uno de estos es, la imposici\u00f3n de multas por la presentaci\u00f3n de avisos de cambio de domicilio fiscal ante el Registro Federal de Contribuyentes con datos incorrectos, o bien, la ausencia de presentaci\u00f3n del aviso ante el Registro Federal de Contribuyentes del cambio de domicilio fiscal. Una m\u00e1s de estas consecuencias del contribuyente no localizado en su domicilio fiscal, consiste en que las notificaciones de las resoluciones administrativas que se deben de realizar en forma personal, se lleven a cabo por estrados, (articulo 139 del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n), es decir que si al contribuyente, el notificador no lo localiza en el momento en que esta realizando la diligencia de notificaci\u00f3n personal, entonces, proceder\u00e1 a informar de esta situaci\u00f3n a la autoridad fiscal y por ende, realizar la notificaci\u00f3n por estrados, que consiste en fijar en un lugar visible de las oficinas de la autoridad fiscal por un periodo de 15 d\u00edas el documento a notificar, para que se de por validamente notificado, y por ende, sabedor de la acci\u00f3n de la autoridad fiscal, sin embargo, en el caso de las notificaciones por estrados existen un sin numero de inconsistencias, desde luego en perjuicio del gobernado y no de la autoridad fiscal. En primer lugar, el problema que se presenta es la falta de importancia que se le da actualmente a los requisitos formales de las notificaciones por parte de las autoridades, perdi\u00e9ndose de vista que con la notificaci\u00f3n se inicia la tutela del derecho de acceso efectivo a los medios de defensa, (SANTOFIMIO, Gamboa, Jaime Orlando, \u201cEl derecho de defensa en las actuaciones administrativas\u201d Universidad Externado de Colombia, Bogota, 2001) por tanto, una notificaci\u00f3n incorrectamente realizada, es violatoria del articulo 17 de la Constituci\u00f3n. As\u00ed, en las notificaciones por estrados existe una zona de penumbra en la ley, que no han deseado profundizar los tribunales que representa una afectaci\u00f3n a ese derecho elemental de los gobernados, y sobre todo a la garant\u00eda de seguridad jur\u00eddica, pues resulta que es suficiente con una simple diligencia en el domicilio fiscal del contribuyente para considerar que no esta localizado, diligencia de la cual no hay una constancia evidente, partiendo que se sustenta en un simple informe del notificador, que por m\u00e1s o menos datos o elementos que contenga, no cuenta con la asistencia de dos testigos de asistencia, que resultan necesarios para dar fe de la actuaci\u00f3n de la autoridad fiscal, en este caso del notificador, que se present\u00f3 en un domicilio en donde el contribuyente ya no cuenta con su principal asiento de sus negocios. Entonces, ese documento es un simple informe, un documento interno de la autoridad fiscal, pero no es un acta circunstanciada que sustente el hecho que efectivamente el contribuyente no esta localizado en su domicilio fiscal, y permita notificar por estrados las subsecuentes resoluciones administrativas. Habr\u00e1 que adicionar dentro de esta zona de penumbra de las notificaciones por estrados que, la autoridad fiscal considera como suficiente para justificar una notificaci\u00f3n por estrados el que solamente sea una sola y aislada diligencia para considerar al contribuyente como no localizado en su domicilio fiscal, lo cual es evidente que no resulta suficiente, pues considerar que una sola diligencia hace prueba plena de la acci\u00f3n de la ausencia del contribuyente en su domicilio fiscal con un simple informe de un notificador que no esta levantado ante la presencia de dos testigos de asistencia, son muestra rotunda de la falta de certeza con que se realizan este tipo de diligencias, y sobre todo las consecuencias que acarrean las notificaciones por estrados, pues una vez realizada la notificaci\u00f3n por estrados, es claro que se imposibilita presentar un medio de defensa en contra de esa resoluci\u00f3n notificada por ese medio, pues resulta muy com\u00fan que estas notificaciones por estrados que se fijan en un lugar \u201cvisible\u201d de las oficinas de la autoridad fiscal, y ahora por la p\u00e1gina de Internet de la autoridad fiscal, se tenga la dificultad de conocerlas, todo lo cual contraviene la seguridad jur\u00eddica de los gobernados, que al parecer con estas pr\u00e1cticas y esta legislaci\u00f3n de las notificaciones por estrados, apelamos a la seguridad jur\u00eddica no para los gobernados en este tipo de diligencias, sino de la seguridad jur\u00eddica para la autoridad fiscal y as\u00ed, de la prontitud en la firmeza de sus resoluciones (FERREYRA, Ra\u00fal Gustavo, \u201cNotas sobre derecho constitucional y garant\u00edas\u201d Editorial Porr\u00faa, M\u00e9xico, 2004) por ende, es necesario que este tipo de pr\u00e1cticas tan comunes, sean modificadas por el legislador, determinando linealmente los requisitos para considerar; en que caso y, con que procedimiento se considera al contribuyente como no localizado en su domicilio fiscal. Hoy que existe la oportunidad de la inminente reforma fiscal del sexenio, con estos puntos sencillos y claros, permitir\u00e1 avanzar a un Estado Constitucional Democr\u00e1tico de Derecho que tanto hace falta en el estado mexicano, y no en un simple estado de leyes, sustentado con el viejo aforismo: \u201cApl\u00edquese la ley aunque perezca el mundo\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cApl\u00edquese la ley aunque perezca el mundo\u201d En estos breves comentarios que se est\u00e1n realizando respecto a las consecuencias del contribuyente no localizado, se sostuvo que uno de estos es, la imposici\u00f3n de multas por la presentaci\u00f3n de avisos de cambio de domicilio fiscal ante el Registro Federal de Contribuyentes con datos incorrectos, o bien, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1209,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-1217","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-silvino-vergara"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1217","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1217"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1217\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1218,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1217\/revisions\/1218"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1209"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1217"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1217"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1217"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}