{"id":1248,"date":"2012-12-10T11:33:33","date_gmt":"2012-12-10T17:33:33","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=1248"},"modified":"2015-12-01T22:01:50","modified_gmt":"2015-12-02T04:01:50","slug":"lavado-de-dinero-2a-parte-legislando-la-sospecha","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1248","title":{"rendered":"Lavado de Dinero, 2a. Parte: Legislando la Sospecha"},"content":{"rendered":"<blockquote><p><em>\u201cSi la pena tiene un componente de dolor<\/em><br \/>\n<em>Como respuesta al componente <\/em><br \/>\n<em>de dolor que tiene el delito,<\/em><br \/>\n<em>entonces la sociedad se estar\u00eda <\/em><br \/>\n<em>rebajando al nivel del delincuente\u201d<\/em><\/p>\n<p>G. Jakobs<\/p><\/blockquote>\n<p>En la primera ocasi\u00f3n, se coment\u00f3 la importancia que tienen el respeto a la dignidad humana, como pilar de los derechos humanos -los cuales no son exclusivos para las personas f\u00edsicas, sino tambi\u00e9n son extensivos para las personas morales, como lo ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos al resolver el caso Cantos Vs. Argentina, Sentencia de 7 de septiembre de 2001- en un estado del siglo XXI, denominado: \u201cEstado Constitucional Democr\u00e1tico de Derecho\u201d, y su violaci\u00f3n en la Ley federal para la prevenci\u00f3n e identificaci\u00f3n de operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita y de financiamiento al terrorismo, la cual en su art\u00edculo 2, sostiene que el objeto de la ley es proteger el sistema financiero y la econom\u00eda nacional, para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia il\u00edcita, motivo por el que, se obliga a quienes realizan ciertas actividades \u201cvulnerables\u201d que presenten avisos ante la autoridad administrativa, y en el caso de presentar dichos avisos con datos incorrectos, representa sanciones administrativas e incluso la comisi\u00f3n de los delitos previstos en la propia ley, delitos que se incluyen en la clasificaci\u00f3n que sostiene Jes\u00fas Maria Silva S\u00e1nchez, \u201cla amplia anticipaci\u00f3n de la protecci\u00f3n penal, esto es el cambio de perspectiva del hecho pasado a uno venidero\u201d (SILVA S\u00e1nchez, Jes\u00fas Mar\u00eda \u201cLa expansi\u00f3n del derecho penal\u201d B de F, Montevideo, 2011) por ende, la caracter\u00edstica principal del derecho penal consistente en el principio \u201cnullum crimen sine iniura\u201d es contravenida en esta disposici\u00f3n, principio del cual se sostiene; \u201cuna conducta no puede ser elevada a la categor\u00eda de delito. Si no lesiona\u2026 un bien jur\u00eddico determinado\u2026 el derecho penal no puede acometer la defensa de todos los bienes jur\u00eddicos frente a todos los ataques\u201d (TERRADILLOS, Basoco, Juan Mar\u00eda Lesividad y proporcionalidad\u2026 F\u00e9lix C\u00e1rdenas, s.c. M\u00e9xico, 2011) Entonces, es claro que esta ley administrativa-penal de prevenci\u00f3n provoca adelantar la participaci\u00f3n del derecho penal, amplia las facultades de las autoridades, disminuye los derechos a los gobernados, principalmente sus libertades, su privacidad, como lo sostiene Zaffaroni \u201cuna legislaci\u00f3n penal de riesgo o preventiva que no espera la infracci\u00f3n sino que convierte en infracci\u00f3n todo lo que le parezca un acto preparatorio, \u2026 sanciona una legislaci\u00f3n de sospecha\u201d (Zaffaroni, E. R. \u201cLa palabra de los muertos\u201d, Ediar, Buenos Aires. 2011) medida legislativa que resulta de mucho riesgo para los ciudadanos, pues de cualquier forma e incluso sin raz\u00f3n alguna, por la simple sospecha se puede afectar a un simple ciudadano, por resultar razonablemente sospechoso, que representa una amplia discrecionalidad de las funciones de las autoridades, un marco abierto para la extorsi\u00f3n y la corrupci\u00f3n, -el actual c\u00e1ncer en Am\u00e9rica latina- por tanto, lo que se provoca es un tratamiento a las personas que realizan esas actividades vulnerables de marginaci\u00f3n, discriminaci\u00f3n, y desde luego, no es propiamente un caso en el cual se ejemplifique \u201cdarle a cada quien lo que le corresponde\u201d, concluye Zaffaroni respecto a este tipo de legislaciones de sospecha; \u201cel caldo de cultivo para el resurgimiento de la amenaza de un nuevo descontrol de las agencias ejecutivas del estado que descargan siempre todo su arsenal contra los disidentes y contra los sectores m\u00e1s desprotegidos\u201d (Los derechos fundamentales en la instrucci\u00f3n penal\u2026\u201d Editorial Porr\u00faa, M\u00e9xico, 2007) entonces, para aplicar esta legislaci\u00f3n \u2013que se incluye en el denominado derecho penal de tercera velocidad- se traducir\u00e1 en la vida cotidiana de su aplicaci\u00f3n una vez que entre en vigor \u2013en un a\u00f1o- entre otras irregularidades, corresponder\u00e1 la prueba de la inocencia al gobernado y no la culpabilidad a la autoridad, es decir la carga de la prueba para demostrar la existencia del delito no le corresponde ahora a la autoridad, pues la simple sospecha es motivo suficiente para el inicio de un procedimiento de investigaci\u00f3n e incluso de la sanci\u00f3n correspondiente, sino por el contrario, la carga de la prueba de la inocencia le corresponde al gobernado, una evidente contravenci\u00f3n a los derechos procesales de los particulares, que corresponder\u00e1 analizar en la \u00faltima entrega.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cSi la pena tiene un componente de dolor Como respuesta al componente de dolor que tiene el delito, entonces la sociedad se estar\u00eda rebajando al nivel del delincuente\u201d G. Jakobs En la primera ocasi\u00f3n, se coment\u00f3 la importancia que tienen el respeto a la dignidad humana, como pilar de los derechos humanos -los cuales no [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1246,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[285,286],"class_list":["post-1248","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-silvino-vergara","tag-lavado-de-dinero","tag-procedencia-ilicita"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1248","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1248"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1248\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1249,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1248\/revisions\/1249"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1246"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1248"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1248"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.c2.org.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1248"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}