{"id":1895,"date":"2015-12-20T09:35:32","date_gmt":"2015-12-20T15:35:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1895"},"modified":"2015-12-19T20:23:36","modified_gmt":"2015-12-20T02:23:36","slug":"el-pulpo-burocratico-absorbe-al-fedatario-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=1895","title":{"rendered":"El pulpo burocr\u00e1tico absorbe al fedatario p\u00fablico."},"content":{"rendered":"<h1 style=\"text-align: center\"><strong>\u201cEl pulpo burocr\u00e1tico absorbe al fedatario publico\u201d<\/strong><\/h1>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">\n<p style=\"text-align: right\"><strong>Dr. Silvino Vergara Nava<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: right\">\n<p style=\"text-align: right\">\n<p style=\"text-align: right\">\u201c\u00bfQu\u00e9 es la raz\u00f3n de Estado?<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">Desde luego no deber\u00eda ser la que un gobierno<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">utiliza para, con enga\u00f1o y apariencia de utilidad,<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">conservar el poder y protegerse a s\u00ed mismo frente<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">a los intereses de sus propios ciudadanos,\u2026<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">no es otra cosa que la defensa de los valores<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">y derechos fundamentales de los ciudadanos,<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">evitando que les secuestren, les maten o violen<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">su intimidad o el secreto de sus comunicaciones.\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">\n<p style=\"text-align: right\">Baltasar Garz\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\n<p style=\"text-align: justify\">Preocupaci\u00f3n y diversas dudas surgen con la reciente aprobaci\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados del Congreso de la Uni\u00f3n respecto a la iniciativa para reformar la Ley General de Sociedades Mercantiles, el C\u00f3digo de Comercio y el C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n para la regulaci\u00f3n de las sociedades mercantiles de responsabilidad limitada de capital variable, aclarando que aun no es aprobado por el Senado, pero que posiblemente en tanto se publica este trabajo pudiera suceder.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En el art\u00edculo 5 en su segundo p\u00e1rrafo de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se\u00f1ala esta propuesta de reforma: \u201cLas sociedades mercantiles de responsabilidad limitada de capital variable adem\u00e1s podr\u00e1n ser constituidas, disueltas o liquidadas, a trav\u00e9s del Sistema Electr\u00f3nico de Sociedades Mercantiles previsto en esta ley, sin necesidad de la intervenci\u00f3n de un fedatario p\u00fablico. Estas constituciones, disoluciones o liquidaciones, s\u00f3lo se autorizar\u00e1n cuando sean solicitadas electr\u00f3nicamente completando y utilizando debidamente los formularios y formatos que proporcione el propio Sistema Electr\u00f3nico de Sociedades Mercantiles.\u201d Es decir, el fedatario p\u00fablico no interviene en la constituci\u00f3n, disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de esas sociedades: \u00bfC\u00f3mo analizar esta reforma?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Desde la partida pol\u00edtica, sicol\u00f3gica, jur\u00eddica o econ\u00f3mica, pareciera que en cualquiera de ellas, es una medida evidentemente de control. Desde el punto de vista pol\u00edtico es complementaria a otras reformas de este mismo sexenio, recordemos la reforma hacendaria propuesta por el ejecutivo en 2013, y para iniciar su vigencia en el a\u00f1o 2014, si observamos detenidamente al Estado actual de seguridad, pero no jur\u00eddica, menos aun para los gobernados y si para los gobiernos, contrario a todo el planteamiento jur\u00eddico realizado por el profesor G. Radbruch al final de la segunda guerra mundial, pues bien, se esta proponiendo ser la administraci\u00f3n publica directamente el observador de las actividades de los gobernados, sobre todo de la actividad comercial, econ\u00f3mica o mercantil, y como sostuviera Carlos S. Nino respecto al derecho, que se encuentra en todos lados, pues hoy es el Estado \u2013visto como gobierno- es el que pretende estar en todos lados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Al excluir a los fedatarios p\u00fablicos, se incrementa cada d\u00eda m\u00e1s el viejo pan\u00f3ptico que sosten\u00eda el ingles Jeramy Bentham hace doscientos a\u00f1os para observar a los presos, hoy pareciera que ese mismo pan\u00f3ptico no es exclusivo para ellos, sino para toda la ciudadan\u00eda. Se ha conformado una administraci\u00f3n p\u00fablica que vigila todo movimiento del ciudadano, es decir, estamos ante la presencia de un pulpo burocr\u00e1tico fortalecido por la tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Para esa vigilancia \u2013que para el soci\u00f3logo Z. Bauman, vivimos un mundo post-pan\u00f3ptico, considerando que ya no se requiere de esas construcciones para vigilar a las personas sustituy\u00e9ndolo por los medios electr\u00f3nicos- Y el primer paso, es quitar a los intermediarios entre ese pulpo burocr\u00e1tico y los ciudadanos, en esa reforma para 2014, observamos que pr\u00e1cticamente desapareci\u00f3 el dictamen de estados financieros que los contribuyentes con actividad empresarial presentaban cada a\u00f1o ante el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria elaborado por el contador publico registrado que contaba con una autorizaci\u00f3n de esta entidad para formular esos dict\u00e1menes, por su parte, la obligaci\u00f3n de los contribuyentes del env\u00edo de la contabilidad electr\u00f3nica, la finalidad es que no se requiere de los contadores para su integraci\u00f3n y env\u00edo, esto mismo sucede con los agentes aduanales que contando con una patente del Estado, realizan las operaciones de importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de los comerciantes, pues ahora es opcional el uso del agente aduanal, y as\u00ed seguimos con la creaci\u00f3n de los acuerdos conclusivos ante la Procuradur\u00eda de la Defensa del Contribuyente para quitar de en medio a los abogados y contadores de los contribuyentes. Ahora, le esta tocando su turno a los fedatarios p\u00fablicos. Y todo ello atienda que, com\u00fanmente, ante el problema fiscal, aparece el contador publico o el abogado, ante el problema de comercio exterior, desde luego el agente aduanal, ante el problema corporativo el fedatario p\u00fablico, y \u00bfAnte la ausencia de todos?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Dec\u00eda en los tiempos m\u00e1s cr\u00edticos de la Europa del siglo XX, el Padre Nieoller ex combatiente en la primera guerra mundial y posteriormente, ministro del culto luterano en Alemania: \u201cCuando detuvieron a los comunistas, no dije nada, porque yo no era comunista. Vinieron a buscar a los socialistas y yo no dije nada, porque yo no era socialista. Vinieron a detener a los dirigentes sindicales y yo no dije nada, porque yo no era dirigente sindical. Vinieron por los jud\u00edos y yo no dije nada, porque yo no era jud\u00edo. Despu\u00e9s vinieron a detenerme a mi y no quedaba ya nadie que pudiera decir nada.\u201d \u00bfPor qu\u00e9 nos enteramos los simples ciudadanos de las reformas legales hasta que est\u00e1n en la palestra de los Congresos y parlamentos, e incluso, cuando ya se encuentran vigentes?, \u00bfD\u00f3nde qued\u00f3 el Estado Constitucional democr\u00e1tico de derecho? Es evidente que, ese sistema democr\u00e1tico que en la teor\u00eda del italiano Norberto Bobbio se mueve en gran parte por los grupos intermedios \u2013universidades, partido pol\u00edticos, colegios- se encuentra en crisis. El gran legislador no es un grupo parlamentario de derecha o de izquierda, pues hoy est\u00e1n tan fusionadas que no son visibles las pol\u00edticas p\u00fablicas que imponen si es que son de unos o de otros. Sin embargo, una de las pestes para la soberan\u00eda del Estado de derecho es que, el gran legislador son los organismos internacionales que recomiendan, proponen, aconsejan, pero en realidad imponen este tipo de medidas a cambio de simples pr\u00e9stamos econ\u00f3micos o seguridad en la permanencia en el poder.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Es evidente que, el fedatario p\u00fablico otorga seguridad jur\u00eddica para la constituci\u00f3n, modificaci\u00f3n y disoluci\u00f3n de las sociedades en general y parece que la reforma se limita a considerar la relevancia del registro de la sociedad, pues se olvida por los legisladores que el fedatario publico, adem\u00e1s de dar fe de los actos jur\u00eddicos que ante \u00e9l se celebraban, es el consejero jur\u00eddico de quienes solicitan su intervenci\u00f3n, muchos de los problemas que pudieran terminar en juzgados y tribunales, son contenidos y resueltos por los notarios y corredores p\u00fablicos, adem\u00e1s, las personas que acuden con estos fedatarios no buscan la simple formalidad de la sociedad, interesan otras cosas, que las otorgan solamente aquellos y no un formato que se debe de llenar por medios digitales, a saber: las actividades de la sociedad, los derechos y obligaciones de los socios, las aportaciones de \u00e9stos, la estructura en la organizaci\u00f3n de la sociedad, la responsabilidad de los administradores, y las cargas tributarias, que desde luego, todo esto no lo otorga un simple env\u00edo electr\u00f3nico de datos, ni menos aun el pulpo burocr\u00e1tico del Estado lograr\u00e1 cumplir con ese cometido. En fin, pareciera que los legisladores legislan, pero no mandan.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cEl pulpo burocr\u00e1tico absorbe al fedatario publico\u201d &nbsp; Dr. Silvino Vergara Nava \u201c\u00bfQu\u00e9 es la raz\u00f3n de Estado? 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