{"id":3002,"date":"2017-04-05T11:28:34","date_gmt":"2017-04-05T16:28:34","guid":{"rendered":"http:\/\/www.c2.org.mx\/?p=3002"},"modified":"2017-04-05T11:28:34","modified_gmt":"2017-04-05T16:28:34","slug":"nos-alimentan-o-nos-envenenan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=3002","title":{"rendered":"\u00bfNos alimentan o nos envenenan?"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right;\"><em>\u201cLas aplicaciones de la biotecnolog\u00eda a la agricultura,<\/em><br \/>\n<em> es vista ahora por muchos m\u00e1s como una amenaza<\/em><br \/>\n<em> que como una posibilidad de desarrollo\u201d.<\/em><br \/>\n&#8211; Ernesto Garz\u00f3n Valdez<\/p>\n<p>Uno de los derechos fundamentales es el de la alimentaci\u00f3n \u2014art\u00edculo 4 de la Constituci\u00f3n: \u201c&#8217;Toda persona tiene derecho a la alimentaci\u00f3n nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizar\u00e1\u201d\u2014, y es uno de los denominados derechos sociales, por lo cual los Estados deben garantizar que los productos alimenticios sean suficientes y de calidad, dos elementos que se encuentran \u00edntimamente ligados, pues para que exista la suficiencia con calidad uno de los grandes problemas es que la producci\u00f3n de alimentos que requiere el planeta no ser\u00eda suficiente si es que no se hace uso de la ciencia y la tecnolog\u00eda; los avances en la industria de la alimentaci\u00f3n permiten la suficiencia de los productos para que estos se encuentren en las poblaciones, las ciudades, los mercados, los supermercados, las escuelas, los restaurantes y los hoteles, pero, \u00bfqui\u00e9n garantiza que esa alimentaci\u00f3n es de calidad? Evidentemente, le corresponde al Estado y a su legislaci\u00f3n brindar la certidumbre de la calidad de los productos prove\u00eddos por la ciencia y la tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p>Sin embargo, se puede observar que los avances de la ciencia y la tecnolog\u00eda no brindan esa seguridad que se requiere en estos productos. Cita el profesor Ernesto Garz\u00f3n Valdez: \u201cLa p\u00e9rdida de confianza en la ciencia y la tecnolog\u00eda como medio de aliviar las dificultades humanas\u201d (Garz\u00f3n Vald\u00e9s, Ernesto, Bernabeu-Mestre Joseph, et al., \u201cLa calamidad del hambre. \u00bfQu\u00e9 pasa con el derecho m\u00e1s b\u00e1sico?\u201d, Lima\/Bogot\u00e1, Themis, 2012). Por otra parte, en las \u00faltimas noticias podemos leer problemas con estos productos, por ejemplo, el esc\u00e1ndalo de la carne caducada en Brasil, \u201cel reenvasado de productos caducados, la sustituci\u00f3n de carne por mercanc\u00edas m\u00e1s baratas, como la soya y el pollo, y hasta la inyecci\u00f3n de sustancias potencialmente cancerigenas para disimular el mal estado de la comida\u201d (El Pa\u00eds, 19 de marzo de 2017); la seguridad de los productos elaborados por la empresa mundial Monsanto, de la cual se dice que \u201cla reputaci\u00f3n del herbicida Roundup fabricado por monsanto y cuyo ingrediente activo, el glisofato, es el mas usado en el mundo\u2026 del que varios cientos de&#8230; trabajadores padecen c\u00e1ncer de sangre\u2026\u201d (La Jornada, 19 de marzo de 2017), empresa a la que incluso se ha fijado por diversas organizaciones mundiales el D\u00eda en contra de Monsanto, como una denuncia a los gobiernos para que no se permita la siembra de sus productos. Todo esto evidencia que la ciencia y la tecnolog\u00eda no son suficientes para resolver este problema de alimentaci\u00f3n mundial, al grado de que sus incertidumbres generan mayores dudas en cuanto a su uso. A decir del profesor de F\u00edsica Javier Tejada, \u201ccreemos a pie juntillas que las m\u00e1quinas y los computadores nos pueden solucionar casi todo aunque la mayor\u00eda de nosotros no sepamos como funcionan\u201d (en Esteve Pardo, Jos\u00e9, coordinador, \u201cCiencia y derecho\u201d, Fontamara, M\u00e9xico, 2016).<\/p>\n<p>Por otra parte, el gran problema que tiene el Derecho consiste en c\u00f3mo proveer de alimentaci\u00f3n suficiente, sana y de calidad, por un lado, como un deber constitucional y, por otro, que la ciencia y la tecnolog\u00eda parece insuficientes para brindar seguridad jur\u00eddica en el cumplimiento de ese derecho social, adem\u00e1s de que provocan m\u00e1s incertidumbre. Por ello, el Derecho debe velar por limitar sus descubrimientos y sobre todo su comercializaci\u00f3n para el consumo humano, pero \u00bfc\u00f3mo lo limita el Derecho? Es evidente que no contamos con los instrumentos suficientes para ello, al contrario, existen muchas limitaciones en la ciencia del Derecho. En principio, ya no corresponde propiamente a la materia civil y su codificaci\u00f3n, sino a una de las ramas del Derecho m\u00e1s desarrolladas pero, a su vez, desperdigadas: el Derecho Administrativo, que cada d\u00eda tiene m\u00e1s tareas que regular, y una de ellas es la calidad de los alimentos, que desafortunadamente no se puede codificar as\u00ed como en el derecho del siglo XIX, creando un c\u00f3digo como el civil o penal, pues en una codificaci\u00f3n para cumplir con este derecho social de proveer sobre los alimentos de calidad convergen muchas materias, tanto privadas como p\u00fablicas; adicionalmente, participan dependencias de la administraci\u00f3n p\u00fablica de diversos sectores: agr\u00edcola, ganadero, pesquero, av\u00edcola, sector salud y hasta las aduanas. Esa legislaci\u00f3n que se implementara con los cambios tan intempestivos de la ciencia y la tecnolog\u00eda con la creaci\u00f3n de nuevos productos alimenticios, innovaciones, etc., representar\u00eda una serie de reformas interminables de esa legislaci\u00f3n; por ello, las disposiciones administrativas que regulan propiamente la calidad de los alimentos se encuentra en regulaciones y normas administrativas por debajo de la ley, pero que le corresponde emitirlas a \u00f3rganos especializados en estas materias, lo cual provoca incertidumbre al estar previstas en una serie de disposiciones administrativas diversas. Adem\u00e1s, la creaci\u00f3n de esas medidas administrativas se deja en manos de comisiones, \u00f3rganos especializados y secretar\u00edas, dependencias que provocan descontrol sobre esas autoridades en cuanto a su contenido y t\u00e9rminos en esa normativa, pues si bien el procedimiento y la formalidad en la creaci\u00f3n de esas medidas pueden ser correctas, el problema es su contenido, que permite que productos alimenticios que a\u00fan est\u00e1n en periodos de prueba se puedan poner en el comercio para el consumo humano sin tomar en consideraci\u00f3n el \u201clobbiyng\u201d que hacen las grandes empresas alimenticias para convencer en los requisitos y las condiciones de esa normatividad. A lo anterior habr\u00e1 que a\u00f1adir la corrupci\u00f3n que se puede provocar en estas esferas, y al final se deja en manos del Poder Judicial su determinaci\u00f3n, lo que ni el legislador ni la administraci\u00f3n p\u00fablica pudieron contener y regular, poniendo en sus manos casos tan complejos que provocan riesgos inimaginables sobre la ciudadan\u00eda. Por todo ello, el Derecho se ve limitado para brindar su objetivo primario: la seguridad jur\u00eddica. En tanto se va resolviendo esa problem\u00e1tica, habr\u00eda que preguntarse si para cumplir con el derecho a la alimentaci\u00f3n: \u00bfNos alimentan o nos envenenan?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cLas aplicaciones de la biotecnolog\u00eda a la agricultura, es vista ahora por muchos m\u00e1s como una amenaza que como una posibilidad de desarrollo\u201d. &#8211; Ernesto Garz\u00f3n Valdez Uno de los derechos fundamentales es el de la alimentaci\u00f3n \u2014art\u00edculo 4 de la Constituci\u00f3n: \u201c&#8217;Toda persona tiene derecho a la alimentaci\u00f3n nutritiva, suficiente y de calidad. 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