{"id":39,"date":"2015-03-07T14:01:02","date_gmt":"2015-03-07T20:01:02","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.c2.org.mx\/?p=39"},"modified":"2015-12-01T17:42:14","modified_gmt":"2015-12-01T23:42:14","slug":"10-puntos-para-cerrar-una-auditoria-fiscal-de-manera-exitosa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=39","title":{"rendered":"10 Puntos para cerrar una auditor\u00eda fiscal de manera exitosa"},"content":{"rendered":"<p>En base a mi experiencia te comparto 10 puntos que podr\u00e1n hacer m\u00e1s llevadera tu auditor\u00eda fiscal y por que no, cerrarla de una forma exitosa.<\/p>\n<p>1.- <strong>Solicita Citatorio.<\/strong> Cuando llegan los visitadores a practicar una visita y no se encuentra el representante legal, no te preocupes por que no est\u00e9, ni trates que llegue de inmediato a atender el citatorio, la autoridad est\u00e1 obligada a dejar un citatorio para que se presente el d\u00eda siguiente el representante legal, no lo hagas regresar de su luna de miel ni de su viaje con la familia, en caso de no estar presente se comenzar\u00e1 la visita con quien se encuentre en el domicilio.<\/p>\n<p>2.- <strong>No te preocupes si no est\u00e1 toda la informaci\u00f3n en tu domicilio.<\/strong> Si cuando lleguen los visitadores, no tuvieras la informaci\u00f3n en el domicilio por alguna causa ajena a t\u00ed (que no encuentres a tu contador), solicita el plazo de ley que es de 5 d\u00edas para que presentes la informaci\u00f3n solicitada. En este caso procede una multa de $12,344.00, te sale mucho m\u00e1s barato que preocuparte por no tener la informaci\u00f3n y terminar con el m\u00e9dico o en el hospital.<\/p>\n<p>3.- <strong>La auditor\u00eda no es una carrera de velocidad, es de resistencia.<\/strong> El plazo para concluir una visita domiciliaria es de 12 meses contador a partir que te notificaron el acta de inicio. No hay motivo para que pretendas que concluyan antes, en 12 meses pueden ocurrir muchas cosas que pueden ser favorables para ti como: Tesis emitidas por el tribunal Fiscal o la Suprema Corte de Justicia que sean ben\u00e9ficos para tu asunto en particular, Otorgamiento de alguna facilidad administrativa que te beneficie, cambio de visitadores, entre otras. Todos quisi\u00e9ramos no tener personas extra\u00f1as en nuestros domicilios pero no est\u00e1n ah\u00ed todos los d\u00edas, llegan ocasionalmente a realizar su trabajo.<\/p>\n<p>4.- <strong>Solicita que levanten actas de lo actuado.<\/strong> Las autoridades fiscales, tienen la obligaci\u00f3n de levantar actas de todo lo actuado, si encuentran alguna situaci\u00f3n que encuentren y que pueda considerarse una omisi\u00f3n a las disposiciones fiscales o para solicitar informaci\u00f3n a terceros o al visitado. No tengas miedo a que te levanten actas, estas no son m\u00e1s que una rese\u00f1a de lo que va ocurriendo en las visitas y pueden ayudarte a salir bien librado de estas. Recuerda que si los visitadores te comentan algo de manera &#8220;econ\u00f3mica&#8221;, puede ser mal intencionado, pide que te lo asienten en un acta.<\/p>\n<p>5.- <strong>Aprovecha los plazos de manera inteligente.<\/strong> Cuando los visitadores en el desarrollo de la visita domiciliaria te solicitan informes y reportes cuentas con estos plazos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a) Los libros y registros que formen parte de su contabilidad, solicitados en el curso de una visita, deber\u00e1n presentarse de inmediato, as\u00ed como los diagramas y el dise\u00f1o del sistema de registro electr\u00f3nico, en su caso.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b) Seis d\u00edas contados a partir del d\u00eda siguiente a aquel en que surta efectos la notificaci\u00f3n de la solicitud respectiva, cuando los documentos sean de los que deba tener en su poder el contribuyente y se los soliciten durante el desarrollo de una visita.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c) Quince d\u00edas contados a partir del d\u00eda siguiente a aquel en que surta efectos la notificaci\u00f3n de la solicitud respectiva, en los dem\u00e1s casos.<\/p>\n<p>Los plazos a que se refiere este inciso, se podr\u00e1n ampliar por las autoridades fiscales por diez d\u00edas m\u00e1s, cuando se trate de informes cuyo contenido sea dif\u00edcil de proporcionar o de dif\u00edcil obtenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como puedes darte cuenta, no tienes por que correr o no dormir buscando la informaci\u00f3n solicitada, para que el plazo comience a correr, la autoridad debe levantarte una acta parcial donde solicite la informaci\u00f3n y te otorgue los plazos de ley.<\/p>\n<p>6.- <strong>Aporta los papeles de trabajo con los que determinaste los impuestos.<\/strong> Una idea err\u00f3nea que tenemos es que los &#8220;papeles de trabajo&#8221; son propiedad del Contador, esto es falso, los &#8220;papeles de trabajo&#8221; de la <span style=\"text-decoration: underline;\">contabilidad<\/span> son propiedad de la empresa. Debes solicitarlos a tu contador independientemente de que tengas una visita o no. Los &#8220;papeles de trabajo&#8221; que son propiedad del profesional son cuando ejerce la funci\u00f3n de &#8220;auditor&#8221;, no de &#8220;contador&#8221;, revisa que los tengas y ap\u00f3rtalos cuando los visitadores te lo soliciten.<\/p>\n<p>7.- <strong>Ejerce el derecho de nombrar a tus testigos.<\/strong> Una parte fundamental en cualquier visita domiciliaria es que el visitado tiene &#8220;el derecho&#8221; de nombrar a sus testigos en el levantamiento de las actas a lo largo de las visitas. Pero tal vez te preguntes, \u00bfqu\u00e9 ventaja tiene nombrarlos? la respuesta es -una gran ventaja-, ellos son los que le dan legalidad al acto, y con sus firmas o sin ellas formalizan la legalidad del acto, son testigos de asistencia, si ellos ven que los visitadores no cumplieron con las formalidades, no transcriben las pruebas que aportaste, o se incurre en alguna eventualidad, ellos son los que con su firma le dan validez al acto y por ende sin su firma lo invalidan. Nunca dejes que proponga a los testigos la autoridad.<\/p>\n<p>8.- <strong>Lee lo que firmas.<\/strong> De las cosas m\u00e1s tediosas en este procedimiento es la lectura de las actas, generalmente y como avanza la visita el n\u00famero de hojas aumenta, pero \u00bfqu\u00e9 prisa tienes?, las actas es la prueba escrita de lo que sucedi\u00f3 en la visita, no dejes de leerlas y si no est\u00e1s de acuerdo en algo que transcribieron solicita que lo cambien, est\u00e1s en tu derecho y si no quisieran para esto tienes a los testigos que deber\u00e1n solicitar su intervenci\u00f3n para narrar los hechos en caso de una anomal\u00eda o negarse a firmar.<\/p>\n<p>9.- <strong>Aprende el procedimiento.<\/strong> La autoridad fiscal solo puede hacer lo que la ley le permite, te recomiendo que aprendas los pasos de la auditor\u00eda, recuerda que cualquier violaci\u00f3n al procedimiento provoca la nulidad del acto.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/blog.c2.org.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/03\/procedimiento.jpg\" target=\"_blank\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-40 size-full\" src=\"http:\/\/blog.c2.org.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/03\/procedimiento.jpg\" alt=\"procedimiento\" width=\"748\" height=\"86\" srcset=\"https:\/\/www.c2.org.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/03\/procedimiento.jpg 748w, https:\/\/www.c2.org.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/03\/procedimiento-300x34.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 748px) 100vw, 748px\" \/><\/a><br \/>\n10. <strong>Acude a la Prodecon.<\/strong> Si fueras sujeto de cualquier violaci\u00f3n por parte de las autoridades o tuvieras alg\u00fan problema durante el desarrollo de las visitas, no dudes en acudir a la PRODECON, es la procuradur\u00eda de la defensa del contribuyente, ellos te apoyar\u00e1n y brindar\u00e1n la ayuda necesaria, incluso te los sugiero antes de acudir a cualquier profesionista a solicitar ayuda.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/blog.c2.org.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/03\/twitterbird.gif\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-44\" src=\"http:\/\/blog.c2.org.mx\/wp-content\/uploads\/2015\/03\/twitterbird.gif\" alt=\"twitterbird\" width=\"60\" height=\"54\" \/><\/a>@RROSASG<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En base a mi experiencia te comparto 10 puntos que podr\u00e1n hacer m\u00e1s llevadera tu auditor\u00eda fiscal y por que no, cerrarla de una forma exitosa. 1.- Solicita Citatorio. 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