{"id":4128,"date":"2018-07-09T18:38:32","date_gmt":"2018-07-09T23:38:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.c2.org.mx\/?p=4128"},"modified":"2018-07-09T18:38:32","modified_gmt":"2018-07-09T23:38:32","slug":"reconstruccion-tributaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=4128","title":{"rendered":"Reconstrucci\u00f3n tributaria"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em><strong>Dr. Silvino Vergara Nava<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<blockquote><p>\u201cEl remedio, de nuevo, es la refundaci\u00f3n de la legalidad.<\/p>\n<p>En caso contrario, tendremos un caos que equivale,<\/p>\n<p>en \u00faltimo t\u00e9rmino, al colapso del Estado de derecho,<\/p>\n<p>ya que todos los poderes p\u00fablicos,<\/p>\n<p>empezando por el judicial, pueden resultar ilimitados<\/p>\n<p>y arbitrarios, no s\u00f3lo por la ausencia<\/p>\n<p>de leyes, sino por su inflaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Luigi Ferrajoli<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p><\/blockquote>\n<p>Una vez que han finalizado las elecciones federales, que se tiene determinado plenamente al ganador y que es claro quienes son los que conformar\u00e1n el Congreso de la Uni\u00f3n, solamente hace falta cumplir \u2014y con esto nos dar\u00edamos como bien servidos\u2014 al menos con una de las m\u00faltiples propuestas que se formularon en las campa\u00f1as electorales, y que consiste en darle prioridad al principio de legalidad. Si esto se cumple, se dar\u00e1 un giro completo a lo que est\u00e1 sucediendo con M\u00e9xico, particularmente con la materia tributaria, las obligaciones de los contribuyentes, las reformas del 1 y 25 de junio de 2018 al C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, son ejemplos claros del abandono en que se encuentran el derecho fiscal y, con ello, el olvido al principio de legalidad. Por ello, si existe una luz de esperanza, que esa luz de esperanza sea el respeto al principio de legalidad en materia fiscal. Este es, pues, el momento necesario para la reconstrucci\u00f3n tributaria.<\/p>\n<p>Esa reconstrucci\u00f3n tributaria que se necesita est\u00e1 muy bien trazada, ya que es respetar la legalidad, ese viejo principio de hace 300 a\u00f1os que sostiene que la autoridad puede hacer solamente lo que la ley expresamente le faculta; y es lo que pide cualquier contribuyente, no est\u00e1 solicitando mayores canonj\u00edas, ni que se le trate como son tratadas las grandes empresas transnacionales o los consentidos del sistema, sino simplemente que sean tratados con el respeto a la ley, lo cual en los \u00faltimos a\u00f1os no ha sucedido. Por el contrario, es la incertidumbre, la inseguridad lo que vive cada contribuyente, una inseguridad provocada por toda una serie de reformas fiscales, principalmente, que, desde la modificaci\u00f3n al C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n del 28 de junio de 2006 a la fecha, s\u00f3lo han sido cambios para provocar mayor incertidumbre. Por ello, si solamente se cumple con el principio de legalidad por las autoridades fiscales, \u00e9ste ser\u00eda el mayor m\u00e9rito que se pudiera dar en los \u00faltimos tiempos en nuestra naci\u00f3n.<\/p>\n<p>No obstante, es evidente que esta incertidumbre, la falta de legalidad de los actos de las autoridades, la amplia discrecionalidad que provoca corrupci\u00f3n no es un mal nacional, es un mal global de la actualidad. As\u00ed lo describe correctamente el profesor Luigi Ferrajoli: \u201cEl lenguaje de las leyes ha llegado a ser tan oscuro, tan tortuoso, lleno de reenv\u00edos a otros textos normativos y de in\u00fatiles divagaciones y neologismos burocr\u00e1ticos, que comprender su significado es a veces una ardua y casi imposible tarea incluso para un jurista\u201d (Ferrajoli, Luigi. <em>Los derechos y sus garant\u00edas<\/em>. Madrid: Trotta, 2016).<\/p>\n<p>Esto es lo que ha sucedido en materia fiscal. Es claro que existen incertidumbres, arbitrariedades y, con ello, se cuela la corrupci\u00f3n, pues el contribuyente vive en la indefensi\u00f3n al desconocer qu\u00e9 d\u00eda la autoridad llegar\u00e1 a determinar que el domicilio fiscal no es el que corresponde, que no pudo atender correctamente la verificaci\u00f3n del domicilio fiscal, que incorrectamente expidi\u00f3 comprobantes fiscales, que es sujeto de una multa por una infracci\u00f3n que, desde luego, desconoc\u00eda o, bien, que es sujeto de revocaci\u00f3n de su certificado de sello digital porque ha ca\u00eddo en alguna de las m\u00e1s de cincuenta causas por las cuales procede la revocaci\u00f3n del mismo, y lo que le impedir\u00e1 expedir comprobantes fiscales y, en consecuencia, seguir realizando sus operaciones; o bien, al desconocer que ser\u00e1 notificado posiblemente en su domicilio o, quiz\u00e1s, por el buz\u00f3n tributario sobre alguna resoluci\u00f3n; buz\u00f3n tributario que, por lo dem\u00e1s, es un sistema electr\u00f3nico que asume que todos los gobernados de este pa\u00eds tenemos pleno conocimiento de la inform\u00e1tica, cuando es claro que, de los datos del INEGI, contamos con el promedio de escolaridad de tercero de secundaria.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de los per\u00edodos de campa\u00f1a, de las propuestas, de los debates, nos quedar\u00edamos como simples contribuyentes con una de todas esas propuestas; pero desde luego, la m\u00e1s complicada, el respeto al principio de legalidad a favor de los contribuyentes, lo cual demostrar\u00eda un cambio significativo que requiere de la reconstrucci\u00f3n del derecho fiscal, de las obligaciones tributarias, pues es inviable un Estado de derecho sin sujeci\u00f3n a la ley. Y esta es, precisamente, la crisis en que se encuentra el derecho fiscal actual, un derecho fiscal de la sospecha que requiere de una reconstrucci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &nbsp; Dr. Silvino Vergara Nava &nbsp; \u201cEl remedio, de nuevo, es la refundaci\u00f3n de la legalidad. 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