{"id":6973,"date":"2025-11-21T17:38:46","date_gmt":"2025-11-21T23:38:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=6973"},"modified":"2025-11-21T17:38:46","modified_gmt":"2025-11-21T23:38:46","slug":"el-juicio-fiscal-agoniza-lo-contrario-a-la-fe-es-el-miedo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.c2.org.mx\/?p=6973","title":{"rendered":"\u00bfEl Juicio Fiscal Agoniza? Lo contrario a la fe, es el miedo."},"content":{"rendered":"<p>Bienvenidos a este nuevo podcast de El Magn\u00edfico.<\/p>\n<p>El d\u00eda de hoy nos acompa\u00f1a \u2013el Le\u00f3n Fiscal-, con quien charlaremos sobre si el <strong>Juicio Fiscal<\/strong> con las reformas que se har\u00e1n para el 2026, sigue siendo una opci\u00f3n de defensa fiscal.<\/p>\n<h1><b>\u00bfSEGUIR\u00c1 SIENDO EL JUICIO FISCAL UNA OPCI\u00d3N DE DEFENSA PARA EL 2026?<\/b><\/h1>\n<p>Nos encontramos en tiempos perplejos. Las confusiones y las tertulias abundan, los tiempos de los especialistas, ahora son de gur\u00faes.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Se afirma en muchas y desagradables voces que las reformas a la Ley de Amparo, C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n y la Ley Org\u00e1nica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, est\u00e1n motivadas por el abuso del derecho.<\/p>\n<p>Del Derecho no se abusa, es un instrumento o herramienta, equivalente a un martillo, y de esos no se abusan, se utilizan hasta el desgaste, pues para eso fueron creados, as\u00ed es el Derecho.<\/p>\n<p>El Derecho, fue creado como artificio jur\u00eddico al servicio del ser humano, y emerge de las dolencias y derramamientos de sangre en la a veces muy tonta historia humana. Cuando hay abuso, violencia e impotencia, surge la necesidad de esa herramienta, como medio para alcanzar la paz, la libertad y el patrimonio.<\/p>\n<p>Dada dicha advertencia, pese a tanto balbuceo, la respuesta definitiva y necesaria es que siempre seguir\u00e1 siendo el juicio fiscal una opci\u00f3n para la defensa del contribuyente. El perplejo no es nuevo y, la capacidad del especialista erudito y jurista, siempre se adapta y encuentra la alternativa entre alternativas.<\/p>\n<p>El ataque a la defensa fiscal ha iniciado desde las facultades de la autoridad para vigilar, controlar, asistir y verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, de las llamadas facultades de gesti\u00f3n, como son entre las m\u00e1s relevantes, invitaciones, restricci\u00f3n y bloqueo del certificado del sello digital, verificaci\u00f3n de domicilio, operaciones inexistentes, p\u00e9rdidas fiscales indebidamente transferidas y beneficiario controlador. Esta constante vigilancia nos sume en un campo de concentraci\u00f3n sin alambres electrificados, pues parad\u00f3jicamente, nos controlan en el exceso de libertad, pues sabemos que estas facultades llegan al grado de sancionar al contribuyente con medidas administrativas que paralizan y arrojan a la informalidad.<\/p>\n<p>Asimismo, la falta de confianza en el sistema judicial ha generado que los acuerdos conclusivos sean una forma m\u00e1s de recaudar del Estado. Pues desde la reforma de 2021, en la que la duraci\u00f3n es m\u00e1xima por un a\u00f1o, y resulta improcedente cuando provienes de una reposici\u00f3n de procedimiento por sentencia, gener\u00f3 que la Procuradur\u00eda de la Recaudaci\u00f3n del Contribuyente, perd\u00f3n, de la Defensa del Contribuyente, se concentrara en presionar al contribuyente a que corrigiera su situaci\u00f3n fiscal so pena de cerrar el expediente.<\/p>\n<p>Por otro lado, es cada vez m\u00e1s frecuente las nulidades para efectos o la validez en los juicios contenciosos administrativos, por las tan tristemente recurrentes violaciones \u201cno invalidantes\u201d, las cuales, seg\u00fan la jurisprudencia, son aquellas que no trascienden a la esfera jur\u00eddica del contribuyente solamente ha abonado a que la defensa fiscal sea cada vez menos de forma y m\u00e1s de fondo, convalidando y subsanando las ilegalidades de la autoridad.<\/p>\n<p>Finalmente, la reforma a los numerales 107, fracci\u00f3n II, 135, de la Ley de Amparo, as\u00ed como 124, fracci\u00f3n X, XI, Y XII, del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, y 3, fracci\u00f3n II, de la Ley Org\u00e1nica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que tanto ha preocupado, es meramente simb\u00f3lica. Pues es un hecho notorio, que se desechar\u00e1n juicios, y en gran medida ser\u00e1 imposible suspender el procedimiento administrativo de ejecuci\u00f3n pues se requiere de billete de dep\u00f3sito o carta de cr\u00e9dito, lo cierto es que, en este pa\u00eds, con tanto desempleo y paralizaci\u00f3n de econom\u00eda, que se ganen los juicios a favor de las autoridades, no significa que se logren cobrar los cr\u00e9ditos fiscales.<\/p>\n<p>El cobro de cr\u00e9ditos fiscales es harina de otro costal, pues, muchos contribuyentes no tienen ingresos, ni patrimonio y, por ende, el desechamiento o sobreseimiento en juicio, no representar\u00e1 recaudaci\u00f3n alguna, sino solamente imagen de que el Gobierno Federal est\u00e1 ganando los litigios sin cobrar, de ah\u00ed su efecto simb\u00f3lico.<\/p>\n<p>En suma, lo que s\u00ed est\u00e1 pasando es que la falta de acceso a la justicia, su pobre desempe\u00f1o o su irrelevancia en la sociedad pueden deberse en parte a la abundante existencia de mecanismos informales, accesibles y eficaces en esa sociedad, como la corrupci\u00f3n que es representaci\u00f3n del resultado del dominio de una cultura jur\u00eddica de fuga al litigio judicial<\/p>\n<p>Dicen que lo contrario de la fe es el miedo, como asesores nos enfrentamos d\u00eda a d\u00eda con situaciones que no rebasan y nos llenan de miedo, ya sea por los resultados que pueda existir o por las consecuencias que puedan traer a nuestros clientes.<\/p>\n<h1><b>PERO, \u00bfQU\u00c9 ES EL MIEDO?<\/b><\/h1>\n<p>Leyendo un poco este fin de semana un libro de Marian Rojas Estap\u00e9, llamado <i>\u201cRecupera tu mente, reconquista tu vida\u201d<\/i>, encontr\u00e9 un cap\u00edtulo acerca del miedo y quiero comentar unos puntos que me parecieron interesantes sobre el cap\u00edtulo 7 de este libro.<\/p>\n<p>En dicho cap\u00edtulo nos habla acerca de como &#8220;<i>el miedo bloquea tu mente<\/i>&#8220;, con una noci\u00f3n fundamental <i>\u2013la mente y el cuerpo no distinguen lo real de lo imaginario\u2013, <\/i>es decir, nos inquietamos por cosas malas que pudieran ocurrir, aunque aun no sucedan. Preocuparse no disminuye el miedo ni, por supuesto, los niveles de cortisol, todo lo contrario, incrementa la ansiedad.<\/p>\n<p>Sin embargo, el miedo modifica la corteza prefrontal, lo que genera una intoxicaci\u00f3n de cortisol, el organismo y la mente se transforman en problemas f\u00edsicos y psicol\u00f3gicos. El miedo oscurece la mente y hace que perdamos claridad para tomar decisiones. La ansiedad se produce cuando la vida gira en torno al miedo y no somos capaces de controlar las emociones.<\/p>\n<p>Aunque el cerebro est\u00e1 dise\u00f1ado para responder al estr\u00e9s de manera puntual, se deteriora cuando ese estr\u00e9s es cr\u00f3nico. Este padecimiento afecta al estado de \u00e1nimo, la atenci\u00f3n y la concentraci\u00f3n. Por lo que muchas depresiones provienen de estados de alerta mantenidos, en otras palabras, vivir con miedo durante a\u00f1os, puede ser la causa de una depresi\u00f3n.<\/p>\n<p>El miedo y la ansiedad no se deben de tratar solamente desde la medicaci\u00f3n y la farmacolog\u00eda. El miedo es una emoci\u00f3n que nos perturba y nos quita paz, por lo que es fundamental comprender el componente emocional, este nos puede sanar de manera profunda.<\/p>\n<p>Para entender el miedo, primero debemos identificar el tipo de miedo es el que sentimos conforme a la situaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1. Miedo a causar decepci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Miedo a perder el control.<\/p>\n<p>3. Miedo a no ser perfecto.<\/p>\n<p>4. Miedo a sufrir.<\/p>\n<p>5. Miedo a que no me quieran.<\/p>\n<p>6. Miedo a la enfermedad.<\/p>\n<p>7. Miedo a no ser importante.<\/p>\n<p>Al final, el miedo es un l\u00e1tigo que se instala en nuestro interior, nos golpea y nos quita paz.<\/p>\n<p>Cuando est\u00e1 activado el miedo, ese estado de hiperalerta te impide que interpretes tu realidad como es.<\/p>\n<p>Es por eso que un sujeto con una personalidad equilibrada tiene los miedos justos. Una persona con heridas sin sanar, tiene muchos miedos que le impiden conectar con lo mejor de la vida.<\/p>\n<p>Me despido con una frase para reflexionar &#8220;<i>La mente y el cuerpo no distinguen lo real de lo imaginario<\/i>&#8220;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Bienvenidos a este nuevo podcast de El Magn\u00edfico. El d\u00eda de hoy nos acompa\u00f1a \u2013el Le\u00f3n Fiscal-, con quien charlaremos sobre si el Juicio Fiscal con las reformas que se har\u00e1n para el 2026, sigue siendo una opci\u00f3n de defensa fiscal. \u00bfSEGUIR\u00c1 SIENDO EL JUICIO FISCAL UNA OPCI\u00d3N DE DEFENSA PARA EL 2026? 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