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ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA. ILEGALIDAD DE LA, SI COMO OBJETO O PROPOSITO ALUDE A LA REVISION DE UNA DIVERSIDAD DE IMPUESTOS.

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA. ILEGALIDAD DE LA, SI COMO OBJETO O
PROPOSITO ALUDE A LA REVISION DE UNA DIVERSIDAD DE IMPUESTOS.

Cuando una orden de visita domiciliaria expresa como objeto o propósito de la misma, la
comprobación del cumplimiento de una diversidad de impuestos, infringe lo dispuesto por los
artículos 38 y 43 del Código Fiscal de la Federación, en relación con el diverso artículo 16
constitucional, en virtud de que no cumple con señalar el objeto o propósito específicos de la
visita, ya que solamente en forma general establece la revisión de múltiples impuestos
federales, siendo que debe establecer de manera clara, precisa y concreta para el caso
particular del visitado, los impuestos de cuyo cumplimiento los visitadores deben cerciorarse,
es decir sólo de aquellos a los que se encuentre afecto, lo cual le permitirá el conocimiento
pleno de las obligaciones a su cargo, el objeto de la revisión y que los auditores se concreten
a revisar única y exclusivamente el cumplimiento de las obligaciones que realmente le
corresponden, dado que como quiera que sea la visita domiciliaria constituye un acto de
molestia para el gobernado.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 468/95. Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada
“Miramar Zapata”. 25 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo
Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Núm. 68, Segunda
Sala, tesis de jurisprudencia Núm. 7/93, página 13.

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