Silvino Vergara

La distancia social de los tribunales

“¿Por qué comparezco en este tribunal
ante un juez blanco y un fiscal blanco,
escoltado por ujieres blancos?
¿Puede alguien decir honesta y seriamente que
en semejante atmósfera, la báscula de la ley
esta realmente equilibrada?…
Aborrezco con especial fuerza el montaje
que me rodea aquí.”

Nelson Mandela
15 de octubre de 1962

Muchas de las veces frente a un tribunal nos hacemos las siguientes preguntas: ¿Por qué pareciera que las decisiones de los tribunales son tan contradictorias?, ¿A que se debe el temor que el justiciable tiene que un tribunal no comprenda la situación del justiciable?, ¿Por qué no se logra comprender la problemática de los justiciables por los jueces?, ¿Cuál es la razón por la cual entre más pobre o débil sea el justiciable menos oportunidades existen para que se resuelva a su favor? Todas estas preguntas se han formulado durante muchos años en colegios de profesionistas, universidades, tratados, ensayos, que han propuesto soluciones al respecto en muchas de las ocasiones contradictorias, lo que si es cierto es que todos están de acuerdo con esta problemática.

Parte de la incertidumbre judicial se debe a que, si las leyes son creadas en forma democrática, entonces no hay razón por la cual no se aplique la ley de igual forma para todos, y en su caso, el afectado pueda contar con la protección de la justicia, cita al respecto el filosofo alemán Jurgen Haermas: “los ciudadanos de un Estado democrático de derecho se entienden a sí mismos como autores de las leyes y se sienten obligados a obedecerlas en la medida en que ellos son los destinatarios de las mismas” (En BAUMAN, Zygmunt, “Mundo consumo” Paidos, México, 2010) Lo cierto es que, esto no es así, cada ocasión observamos que las leyes no son elaborados por el sentir de los gobernados, sino que, son el resultado de procesos científicos sugeridos por los tecnócratas, corporaciones económicas internacionales, y por los organismos internacionales que al parecer tienen un mejor presentimiento sobre las leyes que se debe de crear en todo el mundo, por ende, la opinión es de todos esos organismos, menos de las personas que estarán obligadas a cumplir, aplicar e interpretar, como es el caso de los jueces y magistrados de los cuales muy pocas veces se les solicita su opinión para la conformación de las leyes no obstante que serán los aplicadores de las mismas.

Otro punto a considerar sobre esta problemática es que, por más que en la teoría general del derecho se han desarrollado las doctrinas que permiten que la decisión del juez sea lo más apegada a la norma, y por su parte, que no haya intervención en los pensamientos, gustos, políticas, ideales de los jueces, al grado de que estos no puedan crear derecho, sino únicamente aplicarlo, bajo el siguiente concepto: “los jueces no desempeñan un poder representativo y la atribución de un poder de creación jurídica vulneraría la separación de poderes…” (PRIETO Sanchís Luís, “Sobre Principios y Normas Problemas del Razonamiento Jurídico”. Palestra Editores, Perú, 2013) Es evidente que no es así, pues no se puede lograr la neutralidad absoluta de los jueces, menos aun con las grandes diferencias sociales de las que observamos actualmente en nuestras naciones, a decir del profesor Roberto Gargarella: “A partir de la distancia social que existe entre ellos y los acusados, lo que hace que los magistrados encuentren enormes dificultades para reconocer, pensar, entender, y sopesar debidamente los reclamaos de los grupos más desaventajados de la sociedad” (GARGARELLA, Roberto, “Carta abierta sobre la intolerancia” Ediciones siglo XXI, Buenos Aires, 2006) Indudablemente, desde el juicio a Nelson Mandela y muchos casos más en la historia se demuestra que entre más grande sea la distancia social entre el justiciable y los jueces y magistrados es mas viable que las sentencias no se dicten en beneficio de éstos, en los últimos años hemos observado como, con la finalidad de evitar corrupción por parte de los miembros de los órganos jurisdiccionales se han incrementado considerablemente los salarios del personal de estas instituciones judiciales, y esto ha ocasionado en parte, las grandes diferencias sociales que actualmente observamos, es decir con los salarios tan altos de magistrados y ministros, es claro que ha provocado el distanciamiento entre el justiciable y un juez, magistrado o ministro, por lo cual no es posible conocer de la situación particular, de las condiciones sociales, económicas, porque no las han vivido, nunca lo han sufrido y justamente estas desigualdades sociales son las que impiden conocer la realidad jurídica de las personas, lo cual da como resultado medidas injustas en las sentencias, como lo rememora el profesor polaco Zygmunt Bauman: “Una justicia que no sea igual para todos no merece ese nombre” (BAUMAN, Zygmunt, “Mundo consumo”, México, 2010) claramente, hay mucho que hacer en la academia y la teoría sobre las decisiones judiciales.

Silvino Vergara Nava
Silvino Vergara Nava
Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana, y la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Litigante en materia fiscal y administrativa. Profesor de Maestría en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y la Escuela Libre de Derecho de Puebla.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *