Silvino Vergara

Nuevamente sobre el incumplimiento de la ley

“El orden legal no era merecedor de respeto cuando sus normas inflingían ofensas severas sobre la población, ni eran el resultado de un proceso en el que dicha comunidad estuviera involucrada.“

Roberto Gargarella

Recientemente se publicó un estudio llevado a cabo por diversos organismos a petición del Instituto Nacional Electoral, (INE) –antes IFE- el cual resulta bastante preocupante, ya que, entre otras cosas, se concluye que, el 66% considera que no se cumple con las leyes en México. (La Jornada, martes 17 de junio de 2014) El resultado confirma el problema que se tiene no solamente en el país, sino en toda América Latina, -basta con recordar que en la Argentina, una vez que finalizó la dictadura militar se publicó: “Un país al margen de la Ley” del profesor Carlos Santiago Nino, que hace mención que el subdesarrollo se debe al incumplimiento de las leyes y que se presenta sin justificación alguna, a lo que denomina: “Anomia boba”- y que a diferencia de los Estados Europeos, -principalmente los denominados Estados Sociales de Derecho: Alemania, Noruega, Suecia, Holanda, Dinamarca- no se cumple con los ordenamientos, lo cual desde luego genera muchas incógnitas, una de estas es conocer las razones por las cuales no se cumple con las leyes, para ello habría que considerar, que un área del conocimiento humano se dedica a este tipo de estudios, que es la sociología jurídica, y en esta materia encontramos que existe la denominada: “filosofía de la fidelidad al derecho”, esto es las razones por las cuales se cumple con las leyes por parte de las personas, tanto la población, como los funcionarios, jueces y servidores públicos.

Hoy, después de la segunda guerra mundial, de las dictaduras militares, de tantos Estados no democráticos, se sostiene en todo el mundo, con esas amargas experiencias e incluso catastróficas -Se afirma rotundamente que los mayores genocidios se cometen por los Gobiernos de los Estados totalitarios, incluso en mayor medida que en relación con el número de muertes que se han presentado en las guerras (ZAFFARONI, Eugenio Raúl, “La Palabra de los Muertos” Ediar, Buenos Aires, 2011)- que se cumple con la ley, no porque las dicta la autoridad, -criterio de autoridad- ni tampoco, por la posibilidad de la sanción ante su incumplimiento, -criterio de la pena-, sino que se cumple idealmente con la norma por su contenido –criterio de moralidad- es decir, porque las normas establecen lineamentos óptimos para la sociedad, (en ASENSI, Felipe Dutra, GIOTTI, Daniel de Paula, “Tratado de Direito Constitucional” Volume 1, Elsever, Sao Paulo, 2014, “A anomia do pagamento de impostos e o fracasso da pena para exigir seu cumprimiento” Vergara Nava, Silvino) ya que regulan la tutela, protección y promoción de los derechos de las personas.

De ser así, entonces, al arrojar estos resultados el análisis del INE: ¿Cómo se va a incumplir aquello que es benéfico para la sociedad? Es evidente que esto no sucedería, si las normas jurídicas fueran sencillas en su aplicación, y por su parte, tuvieran como razón de ser tantas leyes que se crean el beneficio a la sociedad, ante esta realidad del incumplimiento de las leyes, se puede llegar a una conclusión contundente: el Estado no esta cumpliendo con sus propósitos, o más claro, los propósitos del Estado y de la población, son totalmente opuestos, pues de considerarse que no se cumple con la ley por parte de la población, se debe a que no existen las razones suficientes como para que se cumpla con éstas, pues los propósitos de estas es evidente que, no generan beneficio alguno a los gobernados, léase las reformas energética, electoral, laboral, fiscal, procesal mercantil, y ley anti lavado, por citar algunas. Con estos resultados, indudablemente el legislador puede representar todo, menos a los electores, el Poder Judicial desafortunadamente llega demasiado tarde a determinar la inconstitucionalidad de las normas contrarias a derecho, -y no de todas- pues espera a que los daños estén materializados, y en muchas de las ocasiones hasta con daños irreparables y por último, el Ejecutivo, se ha vuelto el órgano de seguridad de las mega empresas internacionales, y persecutor de las micro empresas locales.

Si el estudio lo dirigió el INE, y no otra dependencia del Estado, se debe a que le interesa conocer particularmente, que esta sucediendo con el ejercicio del derecho al voto, pues es incuestionable que cada jornada electoral disminuye considerablemente el número de electores que participan, así cualquiera se pregunta: ¿Cuál es el interés de la población, sobre todo la más pobre y necesitada, de acudir a votar? Ya que, por más que se impulse el derecho a votar y los excesivos recursos a los partidos políticos, es evidente que no es de interés de la sociedad cumplir con esa obligación jurídica, entonces, si no se cumple con esta, ¿Por qué razón cumplir con las demás disposiciones?, es innegable que el propio Estado debería saber que el mejor impulso al cumplimiento de la ley, y de la participación en las elecciones, no es con el dispendió a los partidos políticos o con más recursos al INE, ni expidiendo credenciales para votar con más controles de seguridad, o cambiando los límites de los distritos electorales, se impulsa el derecho electoral, bajo la premisa que: “Sin derechos sociales, los derechos políticos seguirán siendo un sueño inalcanzable, una ficción inútil o una broma cruel… Si los derechos sociales no están asegurados, los pobres y los indolentes no podrán ejercer los derechos políticos que, en teoría, poseen…” (BAUMAN Zygmunt “Tiempos líquidos”, Tus Quets, México, 2013) ante esta realidad, ¿Sabrán los organismos públicos de esta realidad?, de ser así, dolorosamente son los principales incumplidores de la ley.

Silvino Vergara Nava
Silvino Vergara Nava
Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana, y la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Litigante en materia fiscal y administrativa. Profesor de Maestría en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y la Escuela Libre de Derecho de Puebla.

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