Derecho Rosendo Rosas Tesis y Jurisprudencias

PUBLICACIÓN DE DATOS DE CONTRIBUYENTES QUE TENGAN A SU CARGO CRÉDITOS FISCALES DETERMINADOS Y EXIGIBLES, NO PAGADOS O GARANTIZADOS.

Época: Décima Época
Registro: 2017182
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 15 de junio de 2018 10:21 h
Materia(s): (Constitucional)
Tesis: 2a. LXIV/2018 (10a.)

PUBLICACIÓN DE DATOS DE CONTRIBUYENTES QUE TENGAN A SU CARGO CRÉDITOS FISCALES DETERMINADOS Y EXIGIBLES, NO PAGADOS O GARANTIZADOS. EL ARTÍCULO 69, PÁRRAFOS PENÚLTIMO, FRACCIÓN II, Y ÚLTIMO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CONTIENE UN ACTO DE MOLESTIA RESPECTO DEL CUAL NO RIGE EL DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA.

El precepto citado prevé la publicación de la lista de los contribuyentes que tengan a su cargo créditos fiscales determinados y exigibles, que no se encuentren pagados ni garantizados, lo cual constituye un acto de molestia en el que no rige el derecho de audiencia previa, ya que se trata de un supuesto de excepción a la reserva de información de los contribuyentes y que constituye un acto de información para las personas que celebran operaciones comerciales con aquéllos. Por tal motivo, su constitucionalidad deriva de que las formalidades que deben observarse para los actos de molestia se desprenden directamente del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto es, que se emita por escrito, por autoridad competente y con la debida fundamentación y motivación. Además, el último párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, prevé el procedimiento de aclaración ante el Servicio de Administración Tributaria, en el que podrán aportarse pruebas y se deberá resolver en el plazo de 3 días, contados a partir del día siguiente al en que se reciba la solicitud correspondiente.

SEGUNDA SALA

Amparo en revisión 222/2018. Escmar Desarrollos, S.A. de C.V. 23 de mayo de 2018. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez.

Esta tesis se publicó el viernes 15 de junio de 2018 a las 10:21 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

Rosendo Rosas Goiz
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Rosendo Rosas Goiz
13 veces IRONMAN 70.3, maratonista, amante de los perros. Fundador de la Comunidad del Conocimiento A.C. Maestro y especialista en Derecho Fiscal, Contador Público Certificado y Abogado.

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