Derecho

VIII-P-2aS-573 DETERMINACIÓN PRESUNTIVA. PARA QUE SEA LEGAL LA AUTORIDAD DEBE FUNDAR Y MOTIVAR DEBIDAMENTE, EL TIPO DE DETERMINACIÓN EMPLEADA, LA CAUSAL EN QUE INCURRIÓ EL CONTRIBUYENTE Y EL PROCEDIMIENTO SEGUIDO PARA TAL EFECTO.-

.- Los ordenamientos  fiscales  contemplan  distintos  tipos  de  presunciones,  entre  las  cuales  se  encuentran:  la  de  utilidad  fiscal; la de contribuciones retenibles; la de ingresos, valor de actos o actividades  por las  que  se deban pagar  contribuciones  y; la  presunción ante la omisión  de registro  de adquisiciones en contabilidad; todas ellas previstas en los  artículos  55  a 62  del  Código  Fiscal  de  la  Federación,  en  los  que  también se establecen  diversos supuestos de procedencia para cada una de ellas, así como distintos procedimientos que debe seguir  la  autoridad,  dependiendo  el  tipo  de  presunción  que considere aplicable al caso  concreto. Por tanto, para que  sea legal  la  liquidación  que se  sustente  en  una  determinación  presuntiva,  la  fiscalizadora  debe  fundar  y  motivar  debidamente dicho  acto,  especificando  el  tipo  de  presunción  aplicada,  la causal  en  que  se  ubicó  el  contribuyente  para  que  la  misma fuera procedente, así como la mecánica conforme a la cual se realizó la determinación, pues la omisión de tales requisitos constituye un vicio que impide que el particular conozca si, efectivamente, se actualizan todos los requisitos para la procedencia  de la presunción aplicada, lo que incluso puede impactar directamente al fondo de la controversia, al no poderse  identificar  el  procedimiento  que  debió  seguir  la  autoridad para tal efecto; de ahí que para cumplir con el requisito de  fundamentación  y  motivación,  la  fiscalizadora  debe  citar los artículos relativos a la determinación presuntiva.

 

PRECEDENTES: VII-P-2aS-1039 Juicio  Contencioso  Administrativo  Núm.  25312/14-17-13-6/ 132/16-S2-10-04.-  Resuelto por la Segunda Sección de  la Sala Superior  del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,  en  sesión  de  12  de  mayo  de  2016,  por  unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado  Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretario: Lic. Michael Flores Rivas. (Tesis aprobada en sesión de 31 de mayo de 2016) R.T.F.J.A. Octava Época. Año I. No. 2. Septiembre 2016. p. 536 VIII-P-2aS-311 Juicio  Contencioso  Administrativo  Núm.  13/557-24-01-02- 02-OL/13/15-S2-06-30.-  Resuelto  por  la  Segunda  Sección de la  Sala Superior  del Tribunal  Federal  de  Justicia  Administrativa,  en  sesión  de  7  de  junio  de  2018,  por  unanimidad  de 5 votos  a favor.-  Magistrado Ponente: Juan Manuel Jiménez Illescas.- Secretaria: Lic. Yanet Sandoval Carrillo. (Tesis aprobada en sesión de 7 de junio de 2018) R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 25. Agosto 2018. p. 194

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